Madrid ZBE: comienzan las multas para coches sin etiqueta en el interior de la M-30. Todas las preguntas, respondidas

Madrid ZBE: comienzan las multas para coches sin etiqueta en el interior de la M-30. Todas las preguntas, respondidas
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Se acabó la prórroga de los coches sin etiqueta en la ciudad de Madrid: desde las 00:00 del lunes 2 mayo empezarán las multas para los automóviles que carezcan del distintivo de la DGT en toda la almendra central de la capital, es decir la zona enmarcada por la M-30.

Es el primer paso hacia el adiós definitivo a los sin etiqueta en la ciudad, que culminará en 2025 con el veto absoluto para todos los vehículos sin distintivo.

Esta medida es una de las principales de la estrategia Madrid 360 cuyo objetivo es convertir a toda la urbe madrileña en una Zona de Bajas Emisiones.

¿A qué coches afecta? ¿Hay excepciones? ¿En qué zonas y barrios de Madrid se aplica el veto? ¿Cuáles son las multas por no cumplir la medida? ¿Cómo se vigilan los accesos indebidos? Lo repasamos.

Qué coches tendrán aplicado el veto

En esta primera fase de Madrid ZBE, únicamente tendrán prohibido circular por todo el interior demarcado por la M-30 los coches sin distintivo medioambiental de la DGT, que son:

  • Los gasolina que no cumplen la normativa Euro 3 o anterior, normalmente matriculados antes de 2001.
  • Los diésel que no cumplen la normativa Euro 4 o anterior, usualmente los matriculados antes de 2006.

Eso sí, solo se aplica a aquellos automóviles que NO estén dados de alta en el padrón municipal en Madrid capital y por tanto que no paguen el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la ciudad.

Es decir, que aquellos usuarios cuyo coche esté empadronado en cualquier municipio de la periferia, pese a pertenecer a la Comunidad de Madrid, serán multados desde el lunes: por ejemplo si paga el impuesto de circulación en Móstoles, no podrá acceder a esta nueva zona acotada.

Y lo mismo ocurre con aquellos que estén dados de alta en otras comunidades.

Pero sin embargo, si se tiene un coche sin etiqueta, se reside en Madrid capital y el coche está empadronado en la ciudad, se puede circular por la almendra central sin miedo a una multa. Y así será al menos hasta 2025.

Si he cambiado la domiciliación de mi coche, ¿podré circular sin ser multado?

Depende. Solo aquellos coches que estuvieran dados de alta antes del 1 de enero de 2022 se libran del veto.

Si por el contrario se ha dado de alta al automóvil en el padrón municipal posteriormente a esa fecha, sí que se le aplican las restricciones y por tanto puede ser sancionado si accede y circula en esta zona.

Tengo una moto sin etiqueta, ¿puedo circular por la almendra central? ¿Y con una furgoneta?

Sí, las restricciones solo se aplican a los coches sin distintivo, por lo que NO se sancionará al resto de vehículos sin etiqueta:

  • Motocicletas y ciclomotores.
  • Furgonetas
  • Camiones ligeros y pesados.

Eso sí, esta excepción finaliza el 31 de diciembre de 2024.

Mi coche es de etiqueta B o C, ¿puedo circular sin miedo a una multa?

Sí. Las restricciones de acceso y circulación no afectan a los coches con distintivo B o C, a excepción de la ZBE de Especial Protección del Distrito Centro (antes Madrid Central).

Ésta abarca todo el distrito centro de Madrid y los coches de etiqueta B o C únicamente pueden acceder si van directos a un párking, ya sea público o privado.

El calendario de restricciones de Madrid ZBE no contempla de momento restricción alguna a automóviles con estos distintivos (más allá de la ZBE del Distrito Centro), pues solo vetará paulatinamente a los sin etiqueta.

¿A qué barrios de Madrid afecta?

A toda la zona denominada almendra central y que va enmarcada por la M-30. Incluye siete distritos: Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán y Chamberí.

No obstante, también se aplica la restricción a los barrios de Argüelles, la Colonia del Manzanares (Barrio Casa de Campo) y parte de Ciudad Universitaria, que forman parte del distrito de Moncloa-Aravaca.

¿Y por la M-30?

En esta primera fase de Madrid ZBE solo se veta el acceso de los coches sin etiqueta no empadronadas en Madrid en el interior de la M-30, quedando excluida esta autopista de circunvalación urbana.

En definitiva, NO se multará a estos coches por circular por la M-30.

¿Hay más restricciones para los sin etiqueta en otras zonas de Madrid?

Sí. En la ZBE de especial protección de Plaza Elíptica no pueden circular coches sin etiqueta, incluso si están empadronados en Madrid capital, a excepción de: residentes, comerciantes, vehículos de servicio o de transporte escolar.

Toda de la información de la ZBE de Plaza Elíptica (calles afectadas, multas, todas las excepciones etc.), la puedes encontrar aquí.

¿Hay excepciones permanentes?

Sí. Hay ciertos coches sin etiqueta que jamás tendrán restricciones para circular por Madrid, incluso desde 2025. Y estos son:

  • Vehículos especialmente adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida, así como aquellos coches cuyos titulares sean personas con discapacidad. Han de estar dados de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)' y disponer de la tarjeta de estacionamiento correspondiente.
  • Vehículos y coches históricos. Que son aquellos que cumplen los requisitos establecidos en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio: edad mínima de 30 años, vehículos de colección y de valor histórico etc.
  • Vehículos de emergencias (extinción de incendios) y de las Fuerzas Armadas.

¿Cómo se controla a los infractores?

El control de acceso indebido, así como la circulación, en la zona enmarcada por la M-30 se hace de forma telemática por lectura de matrícula.

De momento, la vigilancia se realiza mediante los semáforos foto-rojo situados en el perímetro e interior la zona acotada por la M-30, que han sido adaptados específicamente para este fin.

Más adelante, se prevé la instalación de cámaras específicas de vigilancia con lector OCR. Aún no tienen fecha determinada de llegada. Además, desde su instalación, no podrán sancionar hasta pasados dos meses.

Asimismo, los agentes de movilidad también sancionan a aquellos coches que accedan de manera indebida. De hecho, esto ya se aplicaba desde febrero.

¿Cuál es la multa?

Desde el 23 de marzo de este 2022, se ha elevado en Madrid la sanción por incumplir las restricciones de las Zonas de Bajas Emisiones así como las de los protocolos de elevada contaminación.

Ahora se sanciona con 200 euros, en base a la recogida por la nueva Ley de Tráfico, pues la DGT ha añadido esta falta al cuadro de infracciones graves.

Si se abona antes de 20 días naturales desde la notificación, se reduce a 100 euros. No conlleva la resta de puntos del carnet.

Madrid, hacia la prohibición total de los coches y vehículos sin etiqueta

Almendra central de Madrid capital

La intención del Ayuntamiento de Madrid es convertir a toda la ciudad en una gran zona de bajas emisiones.

Para ello se ha establecido un calendario progresivo que culminará en 2025 con el veto absoluto a automóviles sin distintivo (incluyendo los empadronados en Madrid), así como al resto de vehículos sin etiqueta de la DGT.

  • Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido el acceso y circulación por la M-30 a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital.
  • Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital.
  • Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para todos los vehículos y coches sin etiqueta domiciliados en Madrid (los que figuran en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de la ciudad).
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