Ojo a tu carnet de conducir: si caducó en el estado de alarma, esta semana tendrás que renovarlo para evitar una multa

Ojo a tu carnet de conducir: si caducó en el estado de alarma, esta semana tendrás que renovarlo para evitar una multa
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Esta semana, concretamente el próximo día 21 de agosto, se cumple la prórroga de 60 días que concedió la DGT para renovar los permisos de conducción caducados durante parte del estado de alarma, por lo que desde este viernes los agentes podrán interponer multas de 200 euros a quien no haya realizado todavía dicho trámite.

Exactamente, la DGT estableció una moratoria para los permisos que hubiesen caducado entre el 14 de marzo, momento en el que se decretó el estado de alarma, y el 31 de mayo toda vez que desde el 1 de junio volvieron a activarse los trámites administrativos.

"Los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días después de su finalización", especifica el Artículo 9 de la Orden INT/262/2020 de 20 de marzo.

De este modo, dado que el estado de alarma se levantó el pasado 21 de junio, la fecha límite para renovar los carnet de conducir caducados durante dicho periodo es el 21 de agosto incluido, y quien no realice el trámite se expone a una sanción.

Guardia Civil

Según refleja el Artículo 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, "conducir un vehículo siendo titular de una autorización que carece de validez por no haber cumplido los requisitos administrativos exigidos reglamentariamente en España" está tipificado como una infracción grave.

Un hecho que se traduce en una sanción de 200 euros, si bien no conlleva la pérdida de puntos del carnet.

¿Cómo renovar el carnet de conducir?

Carnet De Conducir

El carnet de conducir, que caduca cada diez años y a partir de los 65 años cada cinco años, puede renovarse o bien en las Jefaturas Provinciales de Tráfico o en los Centros de Reconocimiento de Conductores autorizados y mediante cita previa (llamado al 060 o en la sede electrónica de la DGT). No es necesario hacerlo en la misma provincia en la que se reside: por lo que si estamos de vacaciones en otra región también podremos realizar el trámite .

Además, hay aseguradoras que gestionan la renovación del permiso, pero supone una cuantía más elevada que la tasa obligatoria, aunque ahorra el papeleo. En los centros médicos autorizados deberemos pasar un psicotécnico, además de pruebas de visión, reflejos o audición.

La tasa que hay que abonar es de 24,10 euros, gestión que puede hacerse vía electrónica. Si se realiza en una jefatura de Tráfico, sólo podrá pagarse con tarjeta o bien mediante una transferencia bancaria, pero nunca en efectivo.

Además, deberemos aportar la siguiente documentación:

  • Impreso oficial para la renovación del permiso: podemos recogerlo en las Jefaturas de Tráfico o bien descargarlo en la sede electrónica de la DGT. En caso de hacerlo en un centro de reconocimiento, éstos facilitan el documento donde que se podrá cumplimentar y firmar.

  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia originales en vigor.

  • Informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. De hacer la renovación en un centro de reconocimiento médico, se expide el mismo in situ.

  • Resguardo del pago de la tasa correspondiente. En el caso de los centros autorizados puede pagarse allí en el momento.

  • Una fotografía en color actual de 32 x 26 mm (tamaño carnet). De nuevo, si se realiza este tramite en un centro de reconocimiento, la fotografía la hacen en el mismo.

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