Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid ha propinado un revés a la DGT al anular, el pasado mes de mayo, una multa dirigida al propietario de un vehículo que circulaba a 161 km/h en un tramo cuya velocidad estaba limitada a 120 km/h.
Tras varios recursos interpuestos, el dueño se negó a identificar a la persona que conducía en ese momento y la DGT le impuso una multa de 300 y la retirada de dos puntos del carnet. Pero la justicia ha dado la razón al propietario al considerar que sin identificar al conductor, no hay prueba de que haya cometido el delito, aludiendo a una vulneración de la presunción de inocencia.
Presunción de inocencia vs legislación

Cuando Tráfico detecta y denuncia una infracción y no se identifica al conductor, la sanción va para el titular del vehículo, que puede hacerse cargo de la multa o identificar a la persona que conducía en ese momento. Una vez que la Administración recibe dicha identificación, el conductor puede alegar no ser el que conducía.
En el caso que nos acontece, el conductor decidió negarse a identificar a la persona que conducía en el momento en el que un helicóptero Pegasus fotografió su coche a 161 km/h por una autopista. Tras varios recursos y defendiendo que no circulaba a esa velocidad, el Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid ha anulado la multa y ha condenado a la DGT a pagar las costas del procedimiento, iniciado en abril de 2016.

La sentencia recuerda a la Administración de Tráfico que multar al titular del vehículo en lugar de al conductor vulnera la presunción de inocencia y los principios de responsabilidad personal al atribuir la infracción a una persona sin pruebas.
Sanciones administrativas estratosféricas

Con esta sentencia queda patente que la DGT, al menos en este caso, no puede sustraer puntos del carnet a un conductor si no tiene pruebas de quién es la persona que conduce su coche.
Según la legislación española, negarse a identificar al propietario supone una sanción administrativa de 900 euros por falta de colaboración, pero no acarrea la pérdida de puntos. Estas sumas tan elevadas provocan un alto nivel de impagos, y por ello Tráfico recurre a la fórmula de los 300 euros y pérdida de puntos para la persona que figure como propietaria en los papeles.
Ojo, que la ley obliga a los propietarios a identificar al conductor en caso de recibir una notificación por infracción y demostrar además quién lo conducía:
El artículo 9 bis.1) de la Ley de Seguridad Vial establece que el titular de un vehículo con el que se haya cometido una infracción tiene el deber legal de identificar verazmente al conductor responsable de la citada infracción. El incumplimiento del deber de identificar es una infracción muy grave, con la sanción prevista en el artículo 67.2.a) de la citada Ley.

La sanción por no identificar al conductor responsable de la infracción no tiene reducción del 50 % del importe de la multa, y hacerlo de forma incorrecta puede acarrearle la imposición de una multa de cuantía superior a la originaria. En ese caso, el importe de la multa será del doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si fuese infracción leve, y el triple, si fuese infracción grave o muy grave.
¿Sentará este caso un precedente?
Nota: las imágenes captadas por cámaras de la DGT y mostradas en esta información no se corresponden con el vehículo protagonista del procedimiento judicial.
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Zarco Dono
A ver si lo he entendido: la DGT no puede multar al acusado por la infracción, teniendo que hacerse cargo de los costes del juicio, pero a cambio a éste le ha caído una multa por negarse a colaborar con las autoridades, ¿no? Él sabrá si le compensa...
farenin599
Me viene a la mente cierto capitulo de TOP GEAR en Japón con un presentador portando una máscara para que no lo puedan reconocer los radares fijos y así no pagar la multa.
No es por dar ideas pero ahí la dejo....:-)
raul018
Aquí en Florida tiene que pararte el policía e identificarte. En mi estado el coche es una prolongación de tu casa, y echarte una foto en tu casa sin permiso es violacion a la privacidad.
Adoro este país, aún no he pagado una multa.
nikoshe
Más allá de que me parezca justo o no, no entiendo por qué la DGT no ha seguido los pasos estipulados por la ley y ha intentado perseguir al titular del vehículo para quitarle los puntos.
1) Notificación al titular.
2a) Hay identificación de conductor -> pérdida de puntos y multa al conductor.
2b) No hay identificación de conductor -> Multa doble/triple sin reducción al titular.
¿Me equivoco?
farenin599
La DGT y los radares ke los pongan tambien para los coches ke tngan el cuentakilometros manipulados y asi cazar a dichos estafadores de las casas de compraventa.
mermadon
Todo dios con una gorra puesta y gafas de sol.
Oiga, señor agente, que yo no conducía...
txesz
Se negó a identificar al conductor. ¿Es así de verdad, no dijo que no sabía quiene era si no que no quería decirlo?
¿No lo consideran delito de encubrimiento? Curioso. O el estado recurre de alguna manera o, mientras se redacta un nuevo párrafo que aclare de todas ese aspecto, menudo coladero va a haber por ahí.
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Nota aparte: desde hace un par de días el Nod32 me avisa al cargar Motorpasión de un certificado no confiable, algo de un servidor no identificado, atemda.com.
Yo ante la duda lo bloqueo, pero no se si a otra gente también le sale o no. A ver si es que os colado algún minador por ahí...
farenin599
Pues solo dejarse la barba como esta haciendo todo el mundo y problema resuelto
ERDORO
El titular del vehículo tiene LA OBLIGACION de decir quién conduce ¿no?. Es como el delincuente que se acoge al derecho de no declarar. ¡pero en que país vivimos sres.! Es que como bien dijo un político hace unos cuantos años ya, "la justicia es un cachondeo"
Kaland83
Creo que el conductor no supo ese pequeño detalle que no delatar al condutor le harían pagar 900 euros, por negación a la colaboración.
Eso si, la noticia no dictamina nada, porque el pegasus seguirá funcionando y seguirá multando. La cosa es que la DGT se queda sin cobrar 300 euros y sin quitar los puntos al conductor, pagando las costas del juicio, y el conductor pagando 900 euros de multa.
Siempre me pregunto donde va toda esa cantidad de pasta que sacan de multas, si sirven o no para arreglar el estado lamentable de muchas carreteras españolas.
martymcfly
La justicia en España a favor del delincuente, como casi siempre.
farenin599
Creo que aqui no se ha entendido el motivo de la sentencia, y es que no se puede poner con una sancion de trafico ( perdida de puntos ) a una sanción administratva como es no identificar al conductor, como de hecho pasó