Un conductor cazado a 253 km/h por un radar da la vuelta para ver si le han hecho una foto y acaba en manos de la Guardia Civil

Un conductor cazado a 253 km/h por un radar da la vuelta para ver si le han hecho una foto y acaba en manos de la Guardia Civil
35 comentarios

Insólito. Un conductor de un coche deportivo de alta gama fue cazado el pasado domingo por un radar de la Guardia Civil cuando circulaba a 253 km/h. Pero no contento con eso, el infractor regresó al punto donde fue fotografiado por el radar para comprobar si existía tal dispositivo y el destello del flash había sido real, lo que permitió a la Guardia Civil de la Región de Murcia identificarlo.

El surrealista episodio se dio en la madrugada del pasado domingo, 23 de mayo, a la altura del kilómetro 172,200 de la autovía A-30 (Autovía A-31 Albacete-Cartagena), en el término municipal de Fuente Álamo, donde guardias civiles del Destacamento de Tráfico de Cartagena estaban realizando un control de velocidad.

A 133 km/h por encima de la velocidad máxima permitida

Radar Cartel Radares Policia

Para su sorpresa, detectaron un turismo deportivo de alta gama circulando a 253 km/h en un tramo limitado a 120 km/h, superando por tanto la velocidad máxima permitida en 133 km/h, según informaron fuentes de la Benemérita en un comunicado recogido por Europa Press.

Poco después de cometer el delito, el conductor decidió volver al lugar donde estaba ubicado el control de velocidad para cerciorarse de la existencia de un radar y de que, definitivamente, había sido la causa del flash que había observado en el espejo retrovisor de su coche.

En ese momento, los agentes aprovecharon para identificarle y notificarle la infracción penal cometida. Se trata de un joven, de 20 años de edad, vecino de Cartagena y de nacionalidad española que se desplazaba a la ciudad portuaria.

Cabe recordar que el Artículo 379 del Código Penal recoge como delito los excesos de velocidad para "el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente".

En esos casos, el conductor "será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años", estipula la Ley.

En Motorpasión | La DGT recuerda por qué puedes utilizar un avisador de radares, pero detectores e inhibidores conllevan una buena multa

Temas
Comentarios cerrados