Por si no tuviéramos suficiente con los radares de velocidad o los nuevos radares de línea continua y STOP, ahora llegan los radares de emisiones. Estos dispositivos calculan en tiempo real los gases que emiten los coches en circulación. Su objetivo es detectar, y multar, a los coches y vehículos que excedan los valores máximos de emisiones permitidos, sacándolos de la circulación.
Europa tiene muy avanzado el marco legal para que estos radares de contaminación comiencen a vigilar de forma masiva los humos de los coches en carretera. Y en España se acaba de definir la normativa técnica para que la DGT pueda multar con ellos.
¿Qué son los radares de emisiones y qué multan?
Estos radares de contaminación, son los conocidos como Remote Sensing Device (RSD). Según explica la firma española Opus RSE, especializada en estos dispositivos de medición, equipan sensores que proyectan haces visibles de luz que atraviesan los gases de escape. Esto les permite calcular en tiempo real, y de forma masiva en varios carriles, los niveles de los diferentes contaminantes que emiten coches y vehículos: óxidos de nitrógeno (NOx), monóxido de carbono (CO), hidrocarburos (HC), amoniaco (NH₃) y partículas (PM).
"Cada registro del vehículo consta de 100 mediciones de la columna de gases en 0,5 segundos. Las emisiones se expresan en proporciones de contaminantes respecto al CO2, emisiones específicas del combustible o incluso emisiones por distancia recorrida (g/km) con las suposiciones adecuadas", detallan.
Para poder identificar a los infractores disponen de cámaras de lectura de matrícula, de tal manera que ya están listos para multar a aquellos que sean excesivas contaminantes. Además, son tanto fijos como móviles, siendo los segundos más letales como ocurre con los de velocidad porque "se pueden instalar en solo cinco minutos en cualquier punto", señalan desde Opus RSE.
Ejemplo lo que 'ven' los ordenadores una vez reciben los datos. Fuente: Opus RSE
Multa y prohibido circular. El fin de estos dispositivos es multar a aquellos vehículos que excedan los valores máximos de emisiones establecidos por la normativa europea de emisiones. Es decir, las normas Euro que clasifican los motores de los coches, y en las que se basan las etiquetas de la DGT. Se aplicará por tanto a coches que tengan sus sistemas antipolución averiados o bien que hayan sido manipulados.
La multa no llegará sola, también serán retirados de la circulación hasta que el error sea subsanado. Aunque afectará a los conductores, también busca detectar con mayor eficacia y rapidez posibles fraudes de emisiones como ocurrió con el Dieselgate de Volkswagen.
En pruebas, aún sin multas. Los radares de emisiones portátiles llevan tiempo probándose en pruebas piloto. En Madrid lo hicieron en mayo de 2018, siendo la capital española por tanto pionera para sentar las bases de estos dispositivos: durante estos test, controlaron más de 1.000 vehículos cada hora.
También más tarde en Amberes (Bélgica), desde 2021. Con la colaboración de la policía y autoridades de tráfico, dispositivos móviles y fijos han estado vigilando a coches y vehículos en circulación 24 horas al día los siete días de la semana.
Base legal y técnica, casi lista
Los inminentes dispositivos de control de emisiones se apoyan en dos pilares a nivel normativo en el caso de Europa y España: la revisión del Roadworthiness Package y la nueva norma UNE 82509:2026, un estándar técnico recién definido en nuestro país.
El Roadworthiness Package es una propuesta legislativa que busca establecer una red de vigilancia que supervise las emisiones reales de los vehículos que circulan por las carreteras de la UE. Su fin es el de comprobar que sus sistemas anticontaminación funcionen correctamente, castigando a los que estén averiados y emitan más de lo debido, o bien si han sido manipulados. Este control se hará con los denominados radares de contaminación. Más allá de la prueba de emisiones de la ITV, también la vigilancia llegará a las carreteras.
Por su parte, la norma UNE 82509:2026, publicada a finales de febrero de este 2026, sienta la base técnica para homologar estos dispositivos de emisión remota de emisiones para "una futura regulación estatal en este ámbito", según define la Revista de la Normalización Española. Define por tanto sus características técnicas: los sensores de detección y análisis de datos, cámaras o lectura de matriculas. También su calibración, métodos de verificación, el software en el que se apoya o sus sistemas de comunicación (cableado o inalámbrico).
¿Cuándo multarán en España?
Aunque encara su recta final, pues este programa lleva sobre la mesa ya ocho años, en Europa aún se está definiendo la reforma definitiva del Roadworthiness Package. De momento el Parlamento Europeo acaba de respaldar el uso de estos dispositivos de medición remota de emisiones, pero tiene que definir donde y cómo se aplicará, y si es obligatorio o no.
En España, según explican desde UNE, la intención es que estos radares de emisiones se coloquen en las ZBE, para un control automatizado ya no solo por pegatina de la DGT sino también por emisiones. Al fin y al cabo son zonas de bajas emisiones, por lo que tiene todo el sentido que se equipen en estas áreas que restringen la circulación a los vehículos más contaminantes. Un total de 153 ciudades españolas deben implantarlas, y aunque no lo han hecho muchas, ahora se va sancionar a los ayuntamientos que las apliquen.
No obstante, queda que se defina y entre en vigor la normativa europea y, después, que la DGT la transponga a la regulación de tráfico española y se defina el tipo de infracción y las sanciones. No hay por tanto plazos, pero se estima será a finales de la presente década.
¿Afectará a los coches según su etiqueta de la DGT?
Según norma Euro, los coches equipan de una serie de dispositivos para atar en corto sus emisiones contaminantes: sobre el papel, a cuanto más moderno es el motor, menos contamina. Entre estos sistemas encontramos, entre otros a los catalizadores, la válvula EGR, los SCR con AdBlue o los filtros de partículas FAP.
De ahí que las etiquetas de la DGT las defina la norma Euro: por ejemplo los gasolina Euro 4, Euro 5 y Euro 6 son etiqueta C, mientras que solo los diésel Euro 6 llevan el distintivo verde; y los etiqueta B son los gasolina Euro 3 y los de gasóleo, los Euro 4 y Euro 5. Son sin etiqueta los gasolina Euro 1 y Euro 2 o los diésel Euro 1, Euro 2 y Euro 3.
En las ITV ya se realizan las pruebas de gases, que miden la opacidad del humo que emite el coche y que acaba de actualizar el procedimiento para la Euro 7. No pasarla se se considera defecto grave, siendo el resultado de desfavorable. Esto puede ocurrir si por ejemplo tienen la válvula EGR o alguno de estos sistemas obstruidos o averiados. Es más, podemos suspender este examen de emisiones incluso aunque no sea así, por la carbonilla que se acumula en el sistema de escape, algo habitual en los diésel.
Por tanto, los coches de gasóleo más antiguos (sin etiqueta o etiqueta B), pueden ser más susceptibles de ser cazados por estos radares de emisiones, en plena calle por fallo de estos sistemas o bien por la carbonilla en el escape. Lo que significará multa pertinente (que bien podría ser de 200 euros si es calificada como grave cuando se defina en la normativa) y que no podamos circular con el coche hasta subsanar el problema. Afortunadamente, hay un truco para quitar el tapón de carbonilla del sistema, pero tendremos que hacerlo regularmente si tenemos un diésel cuando estos radares lleguen a las calles.
Imágenes | Opus RSE, Pexels
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