Entre los muchos cambios de normas que acaba de estrenar la DGT se incluye uno que afecta a cómo se circula por autopistas y autovías cuando hay atasco. Desde el 1 de octubre, cuando los coches y vehículos estén parados, o circulen muy despacio, tienen que dejar espacio en el centro para crear lo que se denomina un "carril de emergencia".
El objetivo es permitir el paso libre de vehículos prioritarios que acuden a una urgencia. Por ejemplo una ambulancia, un camión de bomberos o un coche de policía. Hasta ahora esta figura no existía en España, mientras que en países como Alemania o República Checa, son obligatorios desde hace años. No cumplirlo conlleva multa.
Un corredor obligatorio que puede salvar vidas
El Real Decreto 518/2026, aprobado en junio, modifica no pocas normas del Reglamento de Circulación y la Ley de Tráfico. También recoge nuevos conceptos no contemplados antes en la regulación: como las 'carreteras de plataforma única', con prioridad total para los peatones aunque no haya paso de cebra, o estos 'carriles de emergencia'.
Si bien antes el Reglamento de Circulación ya obligaba a los conductores a ceder el paso a los vehículos de emergencia, ahora en el Artículo 32 define y hace obligatorios estos corredores de emergencia.
En autopistas y autovías, cuando con motivo de una retención los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio libre para permitir el paso ante la aproximación de vehículos prioritarios. Este espacio libre se denominará carril de emergencia.
Y dependiendo de los carriles que tenga la autopista, deberán crearse de diferente modo:
- Autopistas de dos carriles: el carril de emergencia deberá formarse en el centro de la vía, entre esos dos carriles.
- Autopistas de tres carriles o más: el carril de emergencia deberá formarse entre el carril situado más a la izquierda y el carril contiguo a él. Los vehículos que circulen en el carril situado más a la izquierda deberán moverse lo más a la izquierda posible y los vehículos que circulen en los demás carriles deberán moverse lo más a la derecha posible.
@enladgt 🚑 Cuando, con motivo de una retención en vías de alta capacidad, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado “carril de emergencia”. Dos carriles: Pasillo entre el carril izquierdo y el de la derecha. Tres carriles: Pasillo entre el carril izquierdo y el del medio. #ReglamentoGeneralDeCirculación ♬ sonido original - Dirección General de Tráfico
Se explica en este vídeo de la DGT, que en vías de alta capacidad de solo dos carriles, el espacio se formará en medio orillándose los coches al margen izquierdo y derecho. En carreteras de tres carriles, se abrirá el corredor entre el carril izquierdo y el central. Y en las de cuatro carriles o más, entre el situado más a la izquierda y el contiguo.
Cuestión de vida o muerte. En Alemania los corredores de emergencia o rescate (también llamados Rettungsgass) existen desde años 70. También se aplican en Polonia o Austria, entre otros. Y no se crean solo en caso de accidente, sino también cuando hay atasco y el tráfico comienza a pararse. Ahora esta figura pasa a ser obligatoria en España también.
¿Qué es un vehículo prioritario? Como recuerda la DGT, se considera vehículo prioritario a ambulancias, coches de policía (local, Nacional, Guardia Civil), bomberos y protección civil, siempre y cuando estén en servicio de emergencia y así lo indiquen con las señales acústicas y visuales.
Multa de 200 euros. No crear un carril de emergencia en este supuesto se engloba dentro de las infracciones graves, en concreto en el punto c) del Artículo 76 de la Ley de Tráfico que recoge que:
Incumplir las disposiciones de esta ley en materia de preferencia de paso, adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, sentido de la circulación, utilización de carriles y arcenes y, en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación.
Las infracciones graves conllevan una sanción de 200 euros, o de 100 euros si se paga con reducción.
Imágenes | LosHawlos
En Motorpasión | El director de la DGT lo ve claro: "Si te ponen un gran cartel que te dice que hay un radar, ¿para qué continúas con el exceso de velocidad?"
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