Coloca los triángulos de emergencia a una distancia suficiente. Este vídeo te dice cómo NO debes hacerlo

Coloca los triángulos de emergencia a una distancia suficiente. Este vídeo te dice cómo NO debes hacerlo
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Poner los triángulos de emergencia del coche (dispositivos de preseñalización de peligro, si hablamos fino) es un arte del que puede depender que salgamos airosos cuando el coche se nos avería o cuando sufrimos un pinchazo o incluso un choque leve... o bien tengamos que lamentarnos.

Este fin de semana la M-607, la carretera de Colmenar, en Madrid, ha registrado uno de esos siniestros viales donde lo más importante no viene cuando dos coches chocan, sino después:

A 50 metros de distancia, visible desde 100 metros

Viendo las alucinantes imágenes captadas por las cámaras de control de tráfico, no es posible acabar de perfilar un relato de lo sucedido. En cualquier caso, lo que sí se aprecia a simple vista es que el triángulo de emergencia no está donde debería: a 50 metros del obstáculo, como mínimo, y visible desde 100 metros, tal y como marca la ley a través del Reglamento General de Circulación:

Artículo 130. Inmovilización del vehículo y caída de la carga.
  1. Si por causa de accidente o avería el vehículo o su carga obstaculizasen la calzada, los conductores, tras señalizar convenientemente el vehículo o el obstáculo creado, adoptarán las medidas necesarias para que sea retirado en el menor tiempo posible, deberán sacarlo de la calzada y situarlo cumpliendo las normas de estacionamiento siempre que sea factible.
  2. Siempre que, por cualquier emergencia, un vehículo quede inmovilizado en la calzada o su carga haya caído sobre ésta, el conductor o, en la medida de lo posible, los ocupantes del vehículo procurarán colocar uno y otra en el lugar donde cause menor obstáculo a la circulación, para lo cual podrán, en su caso, utilizarse, si fuera preciso, el arcén o la mediana; asimismo, adoptarán la medidas oportunas para que el vehículo y la carga sean retirados de la vía en el menor tiempo posible.
  3. En los supuestos a los que se refiere el apartado anterior, sin perjuicio de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo, en tanto se deja expedita la vía, todo conductor deberá emplear los dispositivos de preseñalización de peligro reglamentarios para advertir dicha circunstancia, salvo que las condiciones de la circulación no permitieran hacerlo. Tales dispositivos se colocarán, uno por delante y otro por detrás del vehículo o la carga, como mínimo a 50 metros de distancia y en forma tal que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen. En calzadas de sentido único, o de más de tres carriles, bastará la colocación de un solo dispositivo, situado como mínimo 50 metros antes en la forma anteriormente indicada.

En cualquier caso, el vehículo de emergencias tampoco preseñaliza el obstáculo con demasiada antelación, menos en una autovía como esta. Y, finalmente, la acción del agente de la Guardia Civil que se salva del atropello nos recuerda que en caso de emergencia es poco recomendable caminar por la calzada, por si acaso.

Terreno aparte es lo de apechugar con unas infraestructuras que se quedan justas en situaciones como la que presenciamos. No es posible apreciar si el vehículo que irrumpe en la escena venía tocado ya de antes o si se encuentra con el problema de sopetón, pero unas zonas de escapatoria más aceptables quizá habrían ayudado a mitigar la situación.

Más allá de considerar si un siniestro es "espectacular", es decir, "que tiene caracteres propios de espectáculo público", o bien "aparatoso u ostentoso", según la RAE (aunque viendo el resto del mensaje de DGT, casi nos inclinamos por la primera acepción), quizá sería hora de reivindicar que el Ministerio de Fomento haga lo posible por dotar a las vías de primer nivel de unos arcenes en condiciones, que buena falta les hacen, tal y como demuestran las imágenes.

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