El Gobierno lo hace oficial: desde el 1 de octubre habrá que ir 20 km/h más despacio para adelantar en autopista

Coches averiados o accidentados, vehículos de mantenimiento o de emergencias... adelantarlos en autovía o carretera ahora tiene un nuevo límite de velocidad

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Alejandra Otero

A partir de octubre entran en vigor varios cambios normativos de tráfico y muchos tienen que ver con los adelantamientos en autovía, autopista o carretera convencional. Esta reforma introduce nuevas normas para proteger a los usuarios vulnerables, desde ciclistas a ocupantes de un vehículo averiado. Y exigirá levantar el pie del acelerador, estableciendo un nuevo límite de velocidad.

A partir de ahora, al adelantar a un coche averiado en la carretera, o bien a un vehículo de mantenimiento o de emergencias, habrá que reducir obligatoriamente la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. También mantener una separación mínima de 1,5 m. En definitiva, lo mismo que se exige a partir de octubre para adelantar a ciclistas.

Así habrá que pasar junto a un coche averiado

Esta nueva exigencia, recogida en el Real Decreto 518/2026 aprobado en el Consejo de Ministros en junio y que entra en vigor en pocos días tiene un motivo: ante un coche o vehículo averiado, así como si es de mantenimiento o de auxilio, existe la posibilidad de que pueda haber operarios, agentes u ocupantes del coche en las inmediaciones de la calzada. 

Los atropellos en carretera siguen muy presentes. Es más, han repuntado este verano de 2026: un total de 26 personas han fallecido atropelladas, tres más que el año pasado. De las mismas, 14 fueron en autovías y autopistas y 12 en carretera convencional, siendo una de las víctimas un operario de conservación de carreteras.

Por ello, se tratará un vehículo inmovilizado exactamente igual que un ciclista en lo que se refiere a adelantarles en estas vías interurbanas, modificándose el Artículo 88 del Reglamento General de Circulación con lo recogido en el nuevo RDL:

En el caso de que en la vía se encuentre inmovilizado un vehículo por causa de avería o accidente, o con motivo de la realización de un servicio de urgencia o de auxilio en vías públicas, de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía, o funciones de regulación, ordenación y gestión del tráfico, y, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, los vehículos que lo rebasen deben mantener una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros aunque para ello hayan de ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, y reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía.

La gran novedad es la obligación de reducir la velocidad que, si bien antes se indicaba de forma genérica, ahora se pasa a exigir un límite en concreto: bajar de velocidad como mínimo en 20 km/h. También se fija claramente que se haga con una separación mínima de 1,5 m, que es la misma que se exige para adelantar a ciclistas.

Adelantar Averia 20kmh

Esto se traduce en que en autopista, ante un coche averiado, si el límite es el genérico de 120 km/h deberá adelantarse a 100 km/h. Si es un tramo reducido a 80 km/h, se tendrá que rebasar a 60 km/h. Y en carretera convencional, siendo el limite genérico de 90 km/h, a 70 km/h. O bien a 50 km/h si es en una zona limitada a 70 km/h.

Multas de 200. No cumplir con estas nuevas obligaciones, según puede leerse ya en el Reglamento de Circulación con estos cambios incorporados, supone cometer una infracción grave, que se castiga con una sanción de 200 euros. No obstante, a diferencia de los adelantamientos indebidos a ciclistas, no incluye la resta de puntos del carnet.

Imágenes | Motropasión

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