Qué son los vicios ocultos y qué dice la ley para reclamar por ellos cuando se compra un coche de segunda mano

Qué son los vicios ocultos y qué dice la ley para reclamar por ellos cuando se compra un coche de segunda mano
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Cuando se compra un coche de segunda mano nos encontramos ante el riesgo de que una avería salga a la luz una vez que la hemos comprado. Según al tipo de vendedor que se lo hayamos comprados tenemos adquiridos más o menos derechos.

A excepción de los denominados vicios ocultos, defectos muy graves que tiene el coche con los que la ley es más garantista y nos permite reclamar por ellos. Eso sí, habrá que pelear.

Defectos que impiden el uso del vehículo

Los vicios ocultos son defectos tan graves que impiden utilizar el vehículo o que dificultan su uso y que en el caso de que el comprador sea consciente de esta avería la compra del coche no se habría realizado o el precio del vehículo se habría rebajado notablemente.

Como bien indica el nombre, los vicios ocultos son defectos previos a la compra del coche que no se aprecian a simple vista  y que el comprador cuando decide si compra o no el vehículo no puede detectar.

Existen seis meses para reclamar este tipo de defectos graves ya sea un vendedor profesional o un vendedor particular el que nos ha vendido el coche. Este tipo de defectos se pueden reclamar sin importar que el vendedor tenga conocimiento o no de este vicio oculto.

Todo esto viene recogido en el Código Civil desde el artículo 1884.

¿Cómo demostrar y reclamar estos vicios ocultos?

Averia Coche

En el caso de encontrarnos con una situación como esta, hay que demostrar la veracidad de estos defectos, y para ello tenemos que contratar a un perito experto en vicios ocultos. Haciendo una búsqueda en Google podemos encontrar diversas opciones fácilmente.

En el caso de que este perito certifique que existe este defecto, hay que comenzar con los trámites de reclamación. En primer lugar habría que notificar al vendedor a través de correo certificado que existe esa avería aportando el contrato de compra venta y el informe del perito, pidiendo soluciones ante este asunto.

Si el vendedor accede, se podrá llegar a un acuerdo sin necesidad de tener que ir a juicio. Si el vendedor no accede o no contesta habrá que pasar por los juzgados y, en consecuencia, contratar un abogado.

Si el importe estimado supera los 6.000 euros se trata de un procedimiento ordinario, compuesto de demanda, audiencia previa y juicio. Si el importe no llega a esos 6.000 euros, se trata de un procedimiento verbal, compuesto de demanda y juicio. En el caso de no superar los 2.000 euros no será necesario el procurador, aunque siempre habrá que tener abogado.

¿Qué tipos de acuerdos hay?

Venta Coche

Como comprador, se pueden reclamar tres tipos de soluciones a este problema:

  1. El contrato queda anulado, el comprador deberá devolver el coche y el vendedor devolver el precio que se ha pagado por él.
  2. Se podrá pagar menos por el coche que se ha comprado, lo que en derecho se llama quanti minoris. El vendedor deberá devolver el importe fijado al comprador.
  3. El comprador podrá exigir al comprador que se haga cargo de todos los costes de la reparación de esa avería.

Además, en el caso de que se pueda demostrar que el vendedor conocía este vicio oculto se podrán reclamar una indemnización por daños y perjuicios.

Foto | Tim Samuel

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