Lo hemos visto demasiadas veces: conductores que aparcan en las plazas reservadas para personas con movilidad reducida (plazas PMR) sin tener derecho a ello. Pero los automovilistas con movilidad reducida también se enfrentan a otro problema: estas plazas PMR no siempre están diseñadas como deberían en los aparcamientos de establecimientos comerciales.
Es lo que denuncia Luis, con un 66% de discapacidad por artritis reumatoide: en el supermercado donde compra, las dos plazas PMR no son más grandes que el resto y no disponen de una zona lateral de aproximación, algo exigido por ley. "Si alguien aparca en la plaza contigua, me quedo atrapado dentro del coche".
Plazas PMR que no sirven para salir del coche
"Hay dos plazas con el símbolo de la silla de ruedas pintado en el suelo, pero tienen el mismo ancho que las de al lado y no tienen la franja rayada", explica Luis, entrevistado por Tododisca. De 52 años, lleva desde los 30 con artritis reumatoide que afecta a sus rodillas, caderas y manos. Para entrar y salir del coche, este conductor de movilidad reducida necesita abrir por completo la puerta del conductor y apoyarse con los antebrazos sobre el asiento. Por lo tanto, necesita espacio suficiente.
La franja rayada a que menciona es la denominada zona de aproximación y transferencia. Luis depende, por tanto, de que ningún otro usuario estacione en la plaza contigua, y ocupe parte del espacio que necesita para poder subir y bajar de su automóvil. Si ocurre, significa que no puede salir del coche.
"Una plaza PMR no es una plaza normal con un dibujo. Es un espacio pensado para que podamos bajar del coche. Si no cumple eso, es solo decoración", se queja. Señala a dicho medio que ha presentado una reclamación en el supermercado y también ante la oficina de consumo del Ayuntamiento.
Qué dice la ley sobre las plazas PMR en los supermercados
La regulación no solo exige que los aparcamientos comerciales deban disponer de un cierto número de plazas PMR, igualmente su diseño debe cumplir ciertas características. Por ejemplo, deben situarse lo más cerca posible de los accesos y estar conectadas a las zonas peatonales. Pero también que siempre dispongan de la zona de aproximación: más espacio para subir y bajar del coche, ya sea abriendo la puerta por completo o bien para desplegar una rampa.
Las normativas estatales que definen estas características y exigencias se recogen en dos normas: la Orden TMA/851/2021 (accesibilidad en espacios públicos urbanizados) y el Código Técnico de la Edificación (CTE), DB-SUA 9 (edificios privados y de uso público). Dado que hablamos del aparcamiento de un establecimiento comercial, la referencia es la segunda, aunque pueden existir exigencias adicionales en las normativas autonómicas o municipales.
Esta regulación establece que los párkings de los edificios comerciales de uso público deben contar con "una plaza accesible por cada 33 plazas de aparcamiento o fracción". Y aunque no define unas dimensiones mínimas de la plaza en sí (largo y ancho) sí que exige que dispongan del espacio anexo de aproximación y transferencia lateral: en plazas en batería, debe tener una anchura mínima de 1,20 m; en plazas en línea, tiene que ser de, al menos, 3 m de ancho.
Estas dimensiones para establecimientos comerciales, son menores que las exigidas en espacios públicos urbanizados. En la calle, las plazas PMR en batería deben ser de un mínimo de 5 m de largo por 2,20 m de ancho y además contar con una zona de aproximación con una anchura de, al menos, 1,50 m. En el caso de ser plazas en línea, la zona de acceso contigua debe ser igualmente de 3 m de ancho o más.
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