Iván Felipe, preparador de opositores, sobre aparcar en las plazas de movilidad reducida de los centros comerciales: “La Policía Local puede denunciar si hay vehículos mal estacionados”

Son lugares privados, pero de uso colectivo, y esa es la clave

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Álvaro Ruiz

Todo el mundo tiene claro (o debería) que aparcar de forma indebida en una plaza reservada para personas con movilidad reducida es sancionable. Más allá de que esté mal y de que sea totalmente reprochable a nivel ético, es ilegal y está multado con 200 euros.

Lo que no está tan claro es si esto se aplica únicamente a las plazas para personas con movilidad reducida que hay en la calle, es decir, en la vía pública, o si también es ilegal utilizar de forma indebida estas plazas en los aparcamientos privados de los centros comerciales.

El incivismo también se paga caro en los centros comerciales

Los aparcamientos de los centros comerciales son lugares privados, de manera que es razonable pensar que las normas del Reglamento General de Circulación o de la Ley de Seguridad Vial no sirven para estos lugares. Igual que en tu casa y en tu garaje puedes hacer lo que te dé la gana, en estos parkings también.

Por eso, hay gente con una grave falta de empatía que decide aparcar su coche en las plazas reservadas para personas con movilidad reducida que hay en este tipo de aparcamientos. Lo que creen es que la policía no puede hacer nada en ese sitio porque no tienen competencias dentro de un lugar privado.

Plaza Reservada Pmr 8

Es algo que ha querido aclarar Iván Felipe, fundador de Preopol, una academia para preparar a los opositores a Policía Local. En un vídeo publicado en la cuenta de Instagram de esta academia (@preopol_academia), Iván cuenta que enviaron un vídeo en un grupo de alumnos del centro en el que se ve a la Policía Local multando a los coches mal aparcados en el parking de un IKEA.

Iván pregunta si es legal o no. Para responder, habla del Artículo 2 de la Ley de Seguridad Vial, que dice lo siguiente: “Los preceptos de esta ley son aplicables en todo el territorio nacional y obligan a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios”.

Lo que explica Iván es que el parking de un centro comercial es un espacio privado, pero está abierto al público: “Cualquiera puede entrar sin tener que dar el DNI, no hay un control de acceso personal. Por lo tanto, lo usa una colectividad indeterminada de usuarios, y eso lo convierte en un espacio en el que sí que se debe y se tiene que aplicar la ley”.

Teniendo esto en cuenta, Iván indica que la Policía Local puede multar si hay vehículos mal estacionados, como uno que está aparcado en una plaza para personas con movilidad reducida sin tener a la vista el cartel que permite usar esas plazas.

La multa, en este caso, es idéntica a la que se pone cuando se hace un uso indebido de las plazas para personas con movilidad reducida que hay en la calle: 200 euros. Si la policía lo considera necesario, también puede haber retirada con grúa del coche del infractor.

Imágenes | Motorpasión, Unsplash, Instagram

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