A todos nos pueden poner una multa en un momento dado. Si tenemos la sospecha que hemos sido sancionados pero no estamos seguros, podemos averiguarlo de distintas formas y a través de organismos oficiales y fuentes fiables.
Antes de recibir la notificación hay varias maneras de comprobar si nos han multado, el tipo de sanción y el importe, además de si acarrea la detracción de puntos en el carnet de conducir.
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Dónde consultar si tengo una multa de tráfico
Las multas se pueden notificar bien in situ de mano de un agente de la autoridad o mediante correo certificado pasados unos días. El plazo máximo para notificar una sanción leve es de tres meses y de seis meses en el caso de las infracciones graves y muy graves.
Si te llega una multa es importante que, antes de pagarla o recurrirla, compruebes que es de la DGT, revisa los datos y comprueba que toda la información sea correcta (ojo a los SMS, a los correos con faltas de ortografía o a las URL sospechosas). Para saber si nos han puesto una multa sin necesidad de esperar a que nos entreguen la notificación podemos recurrir a varias vías:
Tablón edictal del BOE
Un expediente sancionador puede ser abierto por la Policía Local en el ámbito municipal, por la Guardia Civil en vías interurbanas (o urbanas cuando no exista policía local) o por los Mossos De Esquadra, Ertzaintza y Policía Foral en Cataluña, País Vasco y Navarra respectivamente. En cualquier caso, todas las sanciones quedan recogidas en el Boletín Oficial del Estado.
En el BOE se recogen absolutamente todas las sanciones que se ponen en territorio nacional y para saber si estamos entre los sancionados habrá que consultar el Tablón Edictal Único. A través de la identificación mediante DNIe, certificado electrónico, Cl@ave PIN de 24 horas o Cl@ave permanente, se mostrarán todas las notificaciones relacionadas con esa identificación. El mismo proceso puede aplicarse con los boletines autonómicos y provinciales.
DGT
También es posible consultar las sanciones ya sean en la Dirección General de Tráfico, en Trafikoa (Euskadi) o Servei Català de Trànsit (Catalunya). En cualquiera de ellas podremos buscar los expedientes de tráfico referentes a nuestra persona mediante identificación digital. En caso de tener alguna sanción aparecerá como pendiente.
Dirección Electrónica Vial
Una tercera vía para recibir las notificaciones de manera rápida y directa es suscribirse a la Dirección Electrónica Vial. En ella, a través de una simple alta, se podrán recibir las comunicaciones en formato telemático con la misma validez que si fueran notificaciones en papel.
Es más, a partir del alta voluntaria en la DEV, las notificaciones por defecto se harán de forma electrónica, prescindiendo del correo ordinario. Sí se pueden activar alertas tanto en correo electrónico como de SMS.
App miDGT
La app oficial de Tráfico (disponible para iOS y Android) te permite consultar el estado de tu vehículo y el apartado "Mis multas" para revisar y pagar sanciones pendientes.
Ayuntamiento
Si crees que la multa te la ha puesto un ayuntamiento (por ejemplo, en Madrid o Barcelona), debes consultarlo en el portal web de cada municipio.
Por teléfono
Puedes llamar al 060 (teléfono de información de la Administración General del Estado) para consultar si te han puesto una multa.
Qué información encontraré
La denuncia debe contener información detallada como el número de expediente de la misma, la matrícula, marca y modelos del vehículo, el lugar y momento exactos de la infracción, los hechos denunciados, los datos del conductor, la identificación del agente o radar que captó la infracción, así como el importe a pagar y los periodos de pago.
Qué hacer si tengo una multa de tráfico
Si has recibido la notificación de una multa de tráfico, debes comprobar quién te la ha puesto, revisar los datos de tu domicilio y hacer el pago. Recuerda que tienes 20 días naturales para pagar con reducción del 50%.
La DGT recuerda que solo notifica sus multas a través de uno de los siguientes canales, y si recibes un aviso de una multa de tráfico por correo electrónico, es un fraude. La DGT nunca notifica sus multas a través de correo electrónico o SMS, como en este caso:
Si recibes un mensaje así, es un fraude. La DGT nunca notifica sus multas a través de correo electrónico o SMS
Los canales oficiales son:
- Correo postal (con posterior envío al Tablón Edictal si no te han podido localizar en tu domicilio).
- Notificación electrónica a través de la DEV - Dirección Electrónica Vial.
Cómo recurrir
Si no estás de acuerdo con los hechos que han notificado desde la DGT en una multa, tienes derecho a presentar alegaciones, aunque ya no podrás disfrutar del descuento por pronto pago. Para ello, debes tener en cuenta lo siguiente:
- En tu escrito podrás aportar los documentos, datos o valoraciones que consideres oportunos.
- Dispondrás de un plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a que recibas la notificación. Dicha notificación se producirá cuando el agente de la autoridad te entregue el boletín de denuncia o, en caso contrario, cuando recibas la notificación en tu domicilio postal o en la dirección electrónica. Si hemos intentado notificarte a tu dirección postal y no te hemos localizado, procederemos a publicar la sanción en el Tablón Edictal Único.
- Si optas por realizar el pago de la multa con reducción del 50%, se entiende que renuncias a presentar alegaciones. Del mismo modo, al interponer una alegación, pierdes el derecho al descuento del 50%, por lo que, si tu alegación es desestimada, deberás pagar el 100% de la sanción.
- Estas alegaciones se tendrán en cuenta por Tráfico antes de redactar la correspondiente propuesta de resolución.
En el caso de recibir la resolución de la sanción y no estás conforme con dicha resolución, puedes presentar un recurso potestativo de reposición. Para ello, dispones del plazo de un mes desde que recibes la notificación de la resolución.
Una vez finalizada la tramitación administrativa, si no has pagado el 100% de la multa, pasará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que será la encargada de cobrarla con el 20% de recargo. También tienes la posibilidad de acudir directamente por vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo, por lo que necesitarás un abogado y un procurador.
Cómo pagar
Para pagarla, reclamar o poner alguna alegación, debes dirigirte siempre al organismo que te ha sancionado. Puedes hacerlo de forma online con Clave o certificado electrónico, en la APP miDGT, de forma presencial en cualquier oficina de Correos, en sucursales de Caixabank o por teléfono en el 060. Para pagar deberás conocer el número de expediente de la multa y la fecha de la notificación.
Si te paran en carretera en el momento de realizar la infracción, y sólo en caso de agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, tienes la facilidad de pagarla en el momento con tarjeta de crédito o débito. Te aplicarán el correspondiente descuento por pronto pago.
Qué plazo tienes para pagar la multa
En el caso de la multa sea de la DGT, en el plazo de 20 días naturales contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación, tienes la posibilidad de pagar el importe de la multa con una reducción del 50% (la posibilidad del pago con reducción se aplica a la mayoría de las infracciones).
Una vez pasados estos 20 días:
- Solo podrás abonar el 100% del importe de multa.
- Una vez firme la sanción, si no has procedido al pago, pasará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encargará de cobrarla con el 20% de recargo.
Si pagas con reducción se entiende que renuncias a presentar alegaciones. Por lo tanto, cualquier recurso o alegación que presentes tras haber pagado la multa en período voluntario, no tendría efecto. Del mismo modo, al interponer una alegación, pierdes el derecho al descuento del 50%, por lo que si tu alegación es desestimada, deberás pagar el 100% de la sanción.
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