Todas las multas que te puede poner la DGT conduciendo en los tramos de carretera que pasan por ciudad

Todas las multas que te puede poner la DGT conduciendo en los tramos de carretera que pasan por ciudad
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Ni carreteras, ni calles urbanas sino ambas a la vez: las travesías son un tramo de carretera convencional que atraviesa un poblado o municipio. Por tanto aúnan los contrastes de tráfico urbano e interurbano: parecen carreteras pero suman en la ecuación peatones, ciclistas, tramos sin visibilidad o estrechamientos por la presencia de edificios etc.

Así se trata de tramos complejos, por lo que circular por travesía tiene sus particularidades. Repasamos cómo debe hacerse para evitar multas.

Multas de hasta 600 euros

Travesía DGT

Las normas de tráfico que en general se aplican en las travesías son las mismas que las de ciudad o poblado. Por ejemplo, que se puede circular por el carril que mejor convenga a destino en vez de obligatoriamente por la derecha.

Pero dado que son un híbrido entre carretera urbana e interurbana, se aplican algunas normas singulares y propias.

A 50 km/h. Independientemente de los carriles que tenga por sentido, en una travesía el límite de velocidad es de 50 km/h. Es decir, no se aplican los nuevos límites urbanos activos desde 2021. Aunque el ayuntamiento puede reducirlo en ciertos tramos, o en su totalidad, si así lo considera. Los vehículos que transportan mercancías peligrosas, deben circular a un máximo 40 km/h.

Las multas, como es habitual oscilan entre los 100 euros sin puntos y los 600 euros con la resta de seis puntos. También puede ser delito de tráfico si se supera el límite en más de 60 km/h.


INFRACCIÓN

multa

puntos

51 km/h - 70 km/h

Grave

100 euros

-

71 KM/H  - 80 KM/H

Grave

300 euros

2

81 KM/H - 90 KM/H

Grave

400 euros

4

91 KM/H - 100 KM/H

Grave

500 euros

6

101 KM/H O MÁS

Muy grave

600 euros

6

Se puede adelantar, aunque no siempre. La norma no prohíbe adelantar en estos tramos de vía incluso si disponen de un sólo carril por cada sentido. Aunque siempre ha de hacerse con seguridad, lo que se hace complicado si hay que invadir el sentido contrario teniendo en cuenta que el límite es 50 km/h. Esa velocidad nunca se puede rebasar.

Además, en las travesías, como en ciudad, se puede adelantar por la derecha en caso de que haya dos carriles para un mismo sentido.

Pero ojo, no se puede adelantar en pasos de peatones ni tampoco en intersecciones, a menos de que se adelante a un vehículo de dos ruedas: dejando una separación mínima lateral de 1,5 m o bien cambiando de carril en vías de más de un carril por sentido.

Adelantar indebidamente en una travesía, supone 200 euros de multa, a menos de que la maniobra se considere conducción temeraria, que entonces serían 500 euros o incluso delito contra el tráfico. No resta puntos a menos de que se adelante poniendo en peligro a un ciclista o sin cumplir la separación lateral: en ese caso son seis puntos del carnet.

Si estacionas o paras, ojo a las luces. Tanto parar como aparcar está permitido en una travesía: en la propia calzada o en el arcén, siempre lo más cerca posible del borde derecho. Y si la vía tiene un único sentido, también se permite en el lado izquierdo.

No obstante, en las travesías se aplica una norma muy específica: si se para o estaciona de noche, o en situaciones de baja visibilidad (al atardecer, con lluvia, niebla etc.), se deben encender las luces de posición. Si esto no se cumple, la multa es de 200 euros en ambos casos, sin resta de puntos.

Nunca luces largas. Dado que se trata de una vía en esencia urbana, las luces de carretera o de largo alcance no se pueden activar en travesías por peligro a deslumbrar a otros coches o vehículos.

Incumplir cualquier norma que atañe al alumbrado del coche siempre se sanciona con 200 euros de multa, sin resta de puntos.

¿Pueden circular los peatones por las travesías? Sí, pero siempre por la acera. En caso de que no haya acera en dicho tramo, se aplica la norma de las carreteras convencionales interurbanas: por el arcén o la izquierda de la calzada, siempre de frente a los vehículos que circulan. No es obligatorio llevar chaleco reflectante, pero sí recomendable.

¿Y los patinetes y bicicletas? Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) nunca pueden circular por las travesías, igual que tampoco pueden hacerlo por vías interurbanas o autopistas y autovías.

Los ciclistas sí pueden hacerlo, ya sea por el arcén o el margen derecho de la vía, yendo en fila. Además, el uso de casco es obligatorio.

Circular con un patinete por una travesía se multa con 200 euros, sin resta de puntos. E idéntica multa se aplica si no usamos casco con una bicicleta aunque sin resta de puntos, ya que el carnet por puntos sólo se aplica a vehículos a motor que exigen carnet para circular.

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