Plan Renove 2020: no sirve achatarrar el coche de un familiar, estos son los requisitos de las ayudas a la compra

Plan Renove 2020: no sirve achatarrar el coche de un familiar, estos son los requisitos de las ayudas a la compra
6 comentarios

Para poder adherirse a las ayudas para la compra de un coche del Plan Renove 2020, uno de los requisitos obligatorios es el de achatarrar un vehículo. ¿Y qué condiciones debe cumplir este modelo usado?

Repasamos lo que recogen las exigencias definitivas de este programa de incentivos, pues ha habido algunas discrepancias respecto a lo anunciado previamente, lo que está generando dudas en los compradores, como, por ejemplo, en lo que respecta al titular del coche atarrado.

El Plan Renove 2020, anunciado el 15 de junio, ha sufrido algunas modificaciones en las condiciones respecto a lo señalado primeramente por el Gobierno, que se recogía en el plan de impulso a la automoción.

Por ejemplo, se han variado las asignaciones para los coches híbridos enchufables, en un primer momento se contemplaban las mismas cantidades que para los eléctricos y de hidrógeno unificados en etiqueta CERO, así como las exigencias respecto a la titularidad del vehículo antiguo a achatarrar.

El coche de un familiar no sirve como vehículo achatarrado

Cómo achatarrar el coche para solicitar las ayudas del plan renove 2020

En el texto embrionario del 15 de junio se especificaba que, en el vehículo achatarrado, la titularidad debía recaer en: "el beneficiario o un familiar de primer grado, durante al menos un año, para evitar posibles distorsiones en el mercado de segunda mano".

No obstante, según lo recogido en el Real Decreto del 6 de julio, finalmente sólo podrá ser el beneficiario de las ayudas quien ostente la titularidad del vehículo entregado para su destrucción: "El destinatario último de la ayuda deberá además ostentar la titularidad del vehículo achatarrado al menos durante los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda".

De esta manera, se deja fuera, por ejemplo, a aquellos compradores que hubieran heredado su coche de un familiar, algo que es bastante común en nuestro país. Sea como fuere, a y pesar de esta traba, el Gobierno estima que unos 300.000 coches nuevos se acogerán al Renove en la compra del vehículo.

¿Qué otros requisitos se exigen en el vehículo achatarrado?

Opel Corsa OPC 2015

Más allá del cambio en lo que respecta a la titularidad del vehículo antiguo, se mantienen los requisitos previamente anunciados:

  • Tener en vigor la Inspección Técnica de Vehículos (ITV): aunque se contempla una moratoria en caso de que el vehículo tuviera que pasar la inspección durante el estado de alarma, ya que las ITV estuvieron cerradas, y se entiende que hasta que dichas estaciones se pongan al día con el atraso de las inspecciones.

  • Haber abonado el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica: lo que se traduce en que hay que estar al corriente del pago de este gravamen, al menos, en 2019. Este requisito es para atestiguar que el vehículo en cuestión ha estado en circulación.

  • Tipo de vehículo a achatarrar: o bien turismos, vehículos de motor de transporte de pasajeros de un máximo de ocho plazas además de la del conductor (M1), o bien furgonetas o camiones ligeros con una masa máxima inferior a 3.500 kilos (N1). En ambos casos debe estar matriculado en España antes del 15 de junio de 2020.

  • Antigüedad del vehículo achatarrado: de diez años o más en el caso de los coches y de siete años o más en el de los industriales ligeros.

Además, para atestiguar la entrega del vehículo usado, se debe aportar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del certificado de la baja definitiva del vehículo. Que ha de ser facilitada por el Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT) y en nombre de la DGT. Este documento se entrega al propietario cuando éste hace efectiva la entrega del usado en dichos centros autorizados, que son los que tramitan la baja del vehículo.

  • Fotocopia de la ficha técnica del vehículo: es decir la tarjeta de la ITV donde se refleja la fecha de la última inspección y la caducidad de la misma, que ha de estar vigente a la fecha de la puesta en marcha del Renove, es decir, hasta el 15 de junio (salvo imposibilidad de pasarla durante el estado de alarma y hasta que se cumpla la prórroga para este supuesto).

  • Fotocopia del permiso de circulación: pues en el mismo se refleja la primera matriculación del vehículo , la fecha de matriculación en España y la fecha de expedición.

  • Fotocopia del recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica: abonado al menos desde 2019.

Las preguntas habituales del Plan Renove 2020, respondidas

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  • ¿Quién puede solicitar las ayudas? Particulares y autónomos, que cuentan con idéntica cuantía de ayudas, PYMES y grandes empresas.

  • ¿Desde cuando se pueden solicitar las ayudas? Desde el anuncio del Plan Renove, es decir desde el 15 de junio con carácter retroactivo. Los incentivos estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020, o bien, hasta agotar presupuesto. La partida asignada a las ayudas a la compra son de 230 millones de euros para: automóviles (200 millones de euros), furgonetas e industriales ligeros (25 millones de euros) y motocicletas (5 millones de euros).

  • ¿Cómo se solicitan las ayudas? Vía telemática a través del portal Plan Renove 2020 dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (aún no habilitado), así como a través de entidades colaboradoras (bancos o concesionarios), aunque deberá hacerse también vía electrónica.

  • ¿Cómo debe ser el coche? Los automóviles que pueden adherirse al incentivo de compra deben ser modelos con etiqueta CERO (eléctricos, pila de combustible e híbridos enchufables), ECO (híbridos y coches de gas -GLP, gas natural-), o gasolina o diésel con distintivo C (los más eficientes).

  • ¿Existe precio límite? Los coches que pueden beneficiarse de las ayudas han de tener un precio máximo de 35.000 euros, o bien de 45.000 euros en caso de ser CERO o si el solicitante es una persona con movilidad reducida, antes de IVA (21 %). Es decir, a efectos, el precio límite es de 54.450 euros para los CERO y de 42.350 euros para el resto, ECO y C.

  • Descuento del concesionario: el Renove obliga a las marcas y puntos de venta a aplicar una bonificación que sea igual a la aportada por el gobierno, excepto para los CERO, pues el aporte máximo es de 1.000 euros (también antes de IVA).

  • ¿Hay ayudas sociales? Este plan de incentivos añade 500 euros adicionales de bonificación en caso de que se achatarre un vehículo de más de 20 años, si el beneficiario es una persona con movilidad reducida y para hogares con ingresos mensuales inferiores a 1.500 euros.

  • ¿Sólo es para vehículo nuevos? Si bien está esencialmente enfocado a vehículos nuevos matriculados desde el 15 de junio de 2020, el programa también contempla la adquisición de modelos automatriculados por los concesionarios, independientemente de su kilometraje, a partir del 1 de enero de 2020.

En Motorpasión | No, el Plan Renove 2020 no contempla ayudas para comprar bicicletas ni patinetes eléctricos, pero sí existen subvenciones

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    • interesante

      ¿Y porqué no? ¿No se trataba de reactivar el mercado y de retirar coches contaminantes? Entonces ¿que más da de quien sea el vehículo? No entiendo nada.

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    • Avatar de milcv Respondiendo a milcv

      Creo que es una obligación de todos nosotros como sociedad reactivar el mercado y conseguir contaminar menos. Si puedes económicamente perfecto. Pero el progreso necesita ayudas aquellos que no pueden permitirse el lujo de cambiar de vehículo. Por eso estas ayuda solo pueden o deberían llegar a los propietarios reales de vehículos viejos.

      Lo que no puede ser es que una persona con dinero con un coche de 5años de antigüedad venda su coche por wallapop, compre otro de 10 años para achatarrar y además recibir la ayuda. En este caso, o se espera 5 años con el vehículo para que le cumpla 10 años o si le gusta tanto el lujo de ir con coches nuevos que se lo pague a precio de mercado.

      Ya sabemos como acaban estas ayudas cuando no se limitan... Repito, ayudas.

      Lo mismo esta pasando ahora con muchos autónomos... todos facturando en B para seguir cobrando la ayudita...

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    • Avatar de hidalgo86 Respondiendo a hidalgo86
      interesante

      Creo que no has leído bien, el texto original era claro: "el beneficiario o un familiar de primer grado, durante al menos un año, para evitar posibles distorsiones en el mercado de segunda mano".
      1 año previo en propiedad de un familiar directo.
      Y esto de que el coche usado sea de un familiar directo es de lo mas normal (suegros, pareja, padres,...).
      Y para muestra un botón:
      - Mi coche está a nombre de mi suegro.
      - El de mi padre a mi nombre y el que usa mi padre para trabajar a nombre de mi mujer.
      Y este último de planteaba cambiarlo, diesel con +12 años +370.000km.
      Pues con estas leyes chapuceras ni reactivar el mercado ni contaminar menos.
      Y lo de los autónomos, serán los que tu conoces, porque los que yo conozco las están pasando putas, les han denegado ayudas, y no tienen trabajo o están desbordados dependiendo del sector.

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    • Avatar de r064n Respondiendo a r064n

      En mi casa tenemos 3 coches y una situación parecida xD

      El coche que usamos mi madre y yo esta a nombre de mi padre,el que usa mi novia a nombre de mi madre,y el que usa mi hermano a nombre de mi padre,al final si quisieramos uno nuevo ya no nos serviría para solicitar la ayuda, cuando ademas para mas inri me suelo encargar yo del mantenimiento de los 3.

    • Te equivocas, no comulgo nada con este gobierno ni con Pedrito pero esto lo han hecho bien para evitar fraudes y que gente con mucha jeta se beneficie de unas ayudas alas que no tienen derecho. Ten claro que las normas para las ayudas las pone el gobierno y que no es culpa del gobierno (ni del resto de los españoles que cotizamos) que haya familias que se presten los coches y que a la hora de cambiarlo tengas que hilar muy fino o leer bien la normativa para saber qué puedes pedir y como. Lo primero que has de saber es que una pareja, una novia, no es un familiar directo pero una mujer/marido sí, y también una pareja de hecho u que para eso necesitarás demostrarlo con el libro de familia. El suegro/a no es familiar directo aunque te haya casado el mismísimo Papa en el Vaticano. Los hermanos/as tampoco lo consideran familiar directo, porque ni te preceden ni descienden de ti. Así que todo se reduce a padres/hijos y matrimonios/parejas de hecho (registradas claro, vivir con una novia no vale). La solución más viable es que cada uno de vosotros conduzca el coche que está a su nombre y que si lo queréis cambiar por uno nuevo, lo hagáis cada uno con vuestro coche, y una vez estrenado el nuevo tu mujer le vuelve a dejar su coche a tu padre para trabajar, tú le dejas tu nuevo coche a tu suegro y el que tu padre estrene lo conduces tú y todos con coches nuevos pero en la misma situación de antes, pero como algo me dice que eso no puede ser, la solución más viable es que como tu suegro es familiar directo de tu mujer pero tuyo no, y a su vez tu mujer y tú sois familiares directos y ambos tenéis un coche a vuestro nombre lo tenéis fácil: tu suegro cambia tu coche y se queda el nuevo, tú cambias el coche que usa tu padre y te quedas el nuevo, y tú mujer cambia el coche que usa tu padre para ir a trabajar y se queda el nuevo, y ya está! Es un sistema perfecto si tienes todo como se debe tener pero aquí mucha gente no hace bien las cosas y se queja porque creen que tienen el derecho innato, y eso tampoco es. Es cuanto a los autónomos hay de todo, pero yo no he visto ninguna renta, ni ivas trimestrales en 15 años que declare lo que realmente ganan. Ni una.

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    • Avatar de rickytiktikmix Respondiendo a rickytiktikmix

      Supongo que me respondes a mi, pero con los multicuentas nunca se sabe.

      Miratelo bien, familiares en primer grado son padres e hijos incluyendo los políticos.

      Lo que hagamos en nuestra familia con los coches es cosa nuestra.

      Tomate una tila.

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