¿Al contado o a crédito? Ni uno ni otro. Cada vez más españoles deciden pasar de las clásicas fórmulas de acceder a un coche y optan por el leasing o el renting. Sí, incluso España donde se está todavía muy aferrado a la idea de propiedad, cada vez son más las personas que no necesitan ser propietarios del coche.
Entre los coches cada vez más caros, los créditos por las nubes, muchos prefieren estás dos fórmulas alternativas. Hoy vamos a explicar cuáles son las diferencias entre renting y leasing.
Leasing y renting, dos tipos de alquileres más diferentes de lo que parece
La idea de comprar un coche para poder venderlo más adelante, con la esperanza de recuperar parte de la inversión, está todavía muy arraigada en España. Sin embargo, uno de cada cuatro coches matriculados en España en 2025 lo fue gracias al renting. Según datos de la Asociación Española de Renting de Vehículos (AER), se matricularon 351.287 unidades vía renting, lo que representa el 25,74% del mercado.
No hay datos específicamente sobre el leasing. Aun así, el leasing de vehículos representa el 45% del mercado total de leasing en España (porque también hay leasing de maquinaria o bienes inmuebles, por ejemplo). Es decir, renting o leasing, cada vez somos más los que optamos por una de estas fórmulas.
¿Qué son renting y leasing? Si bien en inglés los dos términos significan esencialmente lo mismo, alquilar, en España no significan exactamente lo mismo y tienen diferencias clave en su funcionamiento, fiscalidad y flexibilidad.
Leasing
El leasing es, básicamente, un alquiler con opción a compra. Se alquila el coche por un tiempo y kilometraje determinado. Al final del contrato, se devuelve el coche y adiós. O bien se paga una última cuota correspondiente al valor residual del coche acordado en el contrato y se adquiere entonces la propiedad del coche. La mayoría de marcas de coches proponen también usar ese valor residual como descuento en un nuevo modelo de la marca. Es una manera de fidelizar el cliente.
El leasing en cuatro claves:
- Propiedad del coche. La financiera o marca del coche tiene la propiedad del automóvil. Al final del contrato, tienes la opción de comprar el coche por un valor residual pactado al inicio. Si no lo compras, se devuelve el coche a la entidad financiera.
- Duración. La mayoría de contratos son de tres y cuatro años, con 10.000 km anuales.
- Cuotas. Incluyen el coste del bien, intereses y, a menudo, servicios adicionales como el mantenimiento recomendado por el fabricante. Son en general más bajas que en el renting ya que no se incluyen las reparaciones por posibles desperfectos o averías, por ejemplo.
- Fiscalidad. La deducción de un leasing está reservada a empresas, siempre que el vehículo esté vinculado a la actividad económica, así como a autónomos, que además deben justificar de forma más estricta el uso profesional. En el caso de los autónomos, Hacienda presume un uso mixto del coche. Por ello, normalmente solo admite deducir el 50% del IVA salvo que se demuestre un uso 100% profesional (por ejemplo, comerciales que visitan clientes a diario).
Renting
El renting es un alquiler de larga duración puro y duro. La empresa de renting, financiera o la marca del coche tienen la propiedad del coche. Las cuotas mensuales son más altas que en el leasing porque está todo incluido, desde el seguro hasta el mantenimiento, posibles averías y hasta la ITV si le toca. Sólo la gasolina no está incluida. Una de las ventajas del renting es, a pesar del precio mensual más alto, es el control de gastos. El coche nunca nos costará más que la cuota mensual, pase lo que pase.
El renting en cuatro claves:
- Propiedad del coche No tienes opción a compra. El bien siempre pertenece a la empresa de renting.
- Duración. Los contratos más flexibles, pueden ir desde tres meses hasta cinco años, siendo cuatro años lo más habitual.
- Cuotas. Incluyen todo, el uso del bien, el mantenimiento, los seguros, impuestos e incluso asistencia en carretera. Las cuotas suelen ser más altas que en el leasing por esa razón.
- Fiscalidad. Las cuotas del renting son deducibles en su totalidad en el Impuesto de Sociedades, siempre que el coche esté afectado a la actividad empresarial. Del mismo modo, el IVA es deducible para la empresa o autónomo en función del uso del bien en la actividad económica. En el caso de un autónomo, Hacienda presupone un uso mixto, por lo que sólo admite deducir el 50% del IVA salvo que se demuestre un uso 100% profesional.
Imágenes | Pixabay, MINI, Volkswagen
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