En un mes los coches sin etiqueta no podrán circular por Madrid. Estas son todas las excepciones

En un mes los coches sin etiqueta no podrán circular por Madrid. Estas son todas las excepciones
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El 1 de enero de 2024 comienza la tercera fase de Madrid ZBE: los coches sin etiqueta de la DGT no podrán circular por ninguna calle de Madrid capital. Ya no pueden hacerlo ni por la almendra central ni por la M-30, pero en un mes el veto se extiende a toda la ciudad.

¿Podrán circular algunos coches sin distintivo a pesar del veto? ¿Se va a controlar y multar desde enero en todo Madrid? ¿La restricción es sólo para los coches o también para motos y furgonetas sin etiqueta? Analizamos la letra pequeña de esta medida.

Se salvan los sin etiqueta empadronados en Madrid, aunque no todos

El veto en Madrid pasa a ser total y se extiende a todas las calles de su término municipal, pero no a todos los coches sin pegatina de la DGT: sólo se va a prohibir acceder y circular por la capital a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid (los que pagan el impuesto de circulación en la ciudad).

Pero en realidad no se libran del veto todos los empadronados en la capital: únicamente los que estuvieran registrados antes de diciembre de 2021 podrán seguir circulando libremente. Es decir que aquellos que registraran su coche después de esa fecha (de diciembre de 2021 en adelante) tampoco van a poder circular por la ciudad.

Recuerda que los coches sin derecho a distintivo (categoría A de la DGT) son:

  • Los gasolina que no cumplen la normativa Euro 3 o anterior, normalmente matriculados antes de 2000 (Euro 0, Euro 1 y Euro 2).
  • Los diésel que no cumplen la normativa Euro 4 o anterior, usualmente los matriculados antes de 2006 (Euro 0, Euro 1, Euro 2 y Euro 3).

Y ojo porque en un año, el veto va a ser total: ningún coche sin etiqueta va a poder circular por Madrid desde el 1 de enero de 2025. Eso incluye a los empadronados en la ciudad, independientemente de la fecha en la que se dieran de alta.

Cámaras con lector de matrícula: no en toda la ciudad

M-30 Madrid ZBE

Los accesos indebidos se controlan gracias a 257 cámaras con lector OCR que acaban de instalarse en septiembre. Pero estas cámaras están colocadas solo en dos zonas: accesos a la M-30 y dentro de la almendra central (zona demarcada por la M-30). En esta zona central también multan los semáforos foto-rojo, que fueron adaptados para ello.

Además, estas cámaras están en periodo de preaviso: no empezarán a multar hasta el 15 de enero de 2024. Aunque sí que se envía una nota informativa a los infractores. Sea como fuere, a partir de enero el control telemático se hará sólo en estas dos zonas de Madrid, pero no en todo Madrid.

¿Entonces no me van a multar en enero si circulo más allá de la M-30? No necesariamente: los agentes pueden multar los accesos indebidos. Pero de momento no se ha instalado tecnología de control telemático: se entiende que se hará a lo largo de 2024.

¿Cuál es la multa? La sanción, definida por la DGT, es de 200 euros, que se queda en 100 euros con reducción.

Es la misma que ya se aplica por incumplir con las ZBE de Especial Protección de Madrid: ZBE Distrito Centro (antes Madrid Central) y ZBE Plaza Elíptica. Sí, Madrid es toda una matrioshka de ZBEs.

Motos y furgonetas sin pegatina: podrán seguir circulando, pero sólo un año más

De momento la prohibición sólo se aplica a coches sin etiqueta: el resto de vehículos, aunque no tengan pegatina de la DGT van a poder seguir circulando por Madrid.

Pero únicamente se librarán hasta el 31 de diciembre de 2024: desde el 1 de enero de 2025 el veto será total para cualquier vehículo sin distintivo.

Los sin etiqueta que siempre estarán libres del veto

Hay ciertos coches y vehículos que, aunque no tengan distintivo, podrán seguir circulando siempre libremente por Madrid. Y eso incluye las dos ZBE de especial protección: Madrid Central y Plaza Elíptica.

  • Adaptados de movilidad reducida. Se incluyen los adaptados para uso por conductores de movilidad reducida y los adaptados para su transporte (taxis, VTC...). Y pueden
  • Coches y vehículos históricos. Aquellos matriculados como históricos, aunque obtengan la calificación a posteriori. Si bien pueden circular, deben cumplir algunas restricciones en ciertas zonas de la ciudad. La DGT está definiendo además un nuevo reglamento para matricular un vehículo como histórico: entrará en vigor a principios de 2024 con un proceso más sencillo y barato, además de menos exigente.
  • Vehículos de bomberos y fuerzas armadas. También se libran del veto indefinidamente, más allá del año que viene y de 2025.

En todos estos casos se incluye coches y cualquier tipo vehículo. Hasta nueva orden y a menos de que se modifique la normativa, no sufrirán restricción alguna.

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