Cuánto nos cobra la DGT por renovar el carnet de conducir y en qué casos tiene descuento o incluso es gratis

Cuánto nos cobra la DGT por renovar el carnet de conducir y en qué casos tiene descuento o incluso es gratis
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La renovación del carnet de conducir no sólo implica tener que pasar un reconocimiento médico y psicotécnico y realizar el trámite en sí. Además, tiene un coste, pues implica el pago de una tasa a la DGT.

La buena noticia es que el precio de esta tasa no ha subido este 2023 respecto al año pasado y que tampoco es excesivamente elevada. Aunque hay casos en los que va con descuento o incluso es gratuito, al menos en lo que respecta a la tasa. Repasamos cuáles.

25 euros cada vez que renovamos el permiso de conducir

Permiso B de conducir

Todos los conductores deben renovar el carnet y, como recuerda la DGT, se debe hacer este trámite antes de que caduque el permiso. Y es que con un carnet caducado no se puede circular: hacerlo, tiene consecuencias.

Más allá de la multa, que es elevada, también hay aseguradoras que no cubrirán la reparación en caso de accidentes, así como posibles gastos médicos o posibles indemnizaciones.

La tasa general para renovar el carnet de conducir (tasa 4.3) es de 24,58 euros. No obstante, el reconocimiento médico y el examen psicotécnico también tienen coste, que oscila entre los 20 y los 60 euros. Este siempre debe realizarse en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado por Tráfico.

Una vez tengamos el informe médico y del psicotécnico, hay que presentarlo ante la DGT, ya sea presencialmente en una Jefatura de Tráfico, o bien por Internet. En este artículo te contamos todo lo que tienes que hacer paso por paso.

Reconocimiento médico carnet de conducir

Sin embargo, hay aseguradoras y otras entidades que ofrecen este servicio realizando todo el trámite por completo, de tal manera que sólo tendremos que acudir al reconocimiento pero no hacer la posterior gestión con la DGT. Serán ellos los que nos entreguen el permiso provisional, con el que podremos circular, hasta que nos envíen el nuevo carnet.

Siempre con tarjeta: si vamos a una Jefatura, podremos pagar in situ la tasa de renovación, lo que ha de hacerse con tarjeta de crédito o débito, pero no en efectivo. Por Internet también se realiza con tarjeta o bien desde la app Mi DGT.

Renovación del carnet más barato: sólo por motivos médicos

Examen visual

Para el general de conductores, el carnet debe renovase cada 10 años, aunque a partir de cumplir los 65 años la renovación es cada cinco años. No obstante, por razones médicas, este plazo puede ser inferior.

Esto es así porque hay enfermedades o dolencias que requieren una revisión en un tiempo menor, para determinar si se es apto o no para conducir. Este intervalo oscila entre los cuatro años y el año, y si bien también implica una tasa para renovar el carnet, va bonificada en función del tiempo en el que se exige la renovación:

  • Hasta cuatro años: 19,67 euros (tasa 4.3.4).
  • Hasta 3 años: 14,75 euros (tasa 4.3.3).
  • Hasta dos años: 9,83 euros (tasa 4.3.2).
  • Hasta un año: 4,92 euros (tasa 4.3.1).

Por ejemplo, si nos operamos la vista para corregir una deficiencia visual, y ya no tenemos que usar lentes correctoras para conducir, estamos obligados a comunicarlo a Tráfico y renovar el carnet.

El plazo de validez en estos casos es de un año, pues se ha de evaluar si no ha habido efectos secundarios o nos ha vuelto a cambiar la graduación. En este caso, se pagan 4,92 euros, además del reconocimiento médico.

Hay que tener en cuenta que si en nuestro carnet se especifica que necesitamos gafas o lentillas para conducir, y no las llevamos, nos pueden multar. De ahí que sea necesario renovar el carnet con la nueva condición.

Gratis para los conductores más mayores

Conductor mayor

Pese a que la renovación del carnet para conductores de 65 años o más se hace cada cinco años, únicamente están exentos de pagar la tasa de renovación aquellos automovilistas que tengan 70 años o más.

Es decir, que sólo para estos usuarios la renovación del carnet es gratuita. Al menos en el caso de la tasa de Tráfico, ya que el reconocimiento médico y el psicotécnico se tienen que seguir pagando. Pero al menos se ahorran los casi 25 euros de este trámite por la gestión que realiza la DGT.

¿Tengo que pagar si necesito un duplicado del permiso?

Depende. Si tenemos que solicitar un nuevo carnet de conducir en caso de haberlo perdido sí que deberemos pagar el trámite. En su caso se aplica la tasa 4.4, que es de 20,81 euros. Y ojo que esto incluye también el robo, por ejemplo si nos han sustraído la cartera, y el deterioro del documento.

No obstante, este trámite es gratuito en caso de que tengamos que modificar datos del permiso, por ejemplo por cambio de nombre (incluyendo si se ha realizado un cambio de sexo) o domicilio, lo que previamente debe constar en el DNI.

Hay que tener en cuenta además, que los duplicados sólo se expiden en caso de que esté vigente el carnet. Es decir, cuando no se haya caducado. Si hemos cumplido el periodo, siempre será a efectos una renovación y se pagará como tal.

¿Me pueden negar la renovación del carnet de conducir?

Juez

Como detalla Tráfico, hay casos en los que pueden impedirnos renovar el carnet, más allá de que tras el reconocimiento se determine que no somos aptos para conducir. Algo que no pasa habitualmente, incluso en personas mayores. De ahí que se pretendan bajar los plazos de renovación a partir de los 65 años, un cambio que llegará este año.

No obstante, y aparte del resultado del reconocimiento, no podremos renovar el permiso si:

  • Nos han retirado el carnet por decisión judicial, lo que ocurre normalmente tras cometer un delito contra el Tráfico y si así lo sentencia un juez.
  • Nos han suspendido el carnet cautelarmente, ya sea por decisión judicial o por vía administrativa.
  • No han retirado el carnet por perder todos los puntos.

Circular con un coche o vehículo en estos casos tiene una multa aún mayor que si lo hacemos con el permiso caducado: se fija en 500 euros y además supone la resta de cuatro puntos del carnet.

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