Adquirir una sillita adecuada para nuestros hijos no es tarea fácil, hay que tener en cuenta muchos aspectos que van más allá del diseño, color o incluso del tamaño. Preguntas tales como ¿está homologada?, ¿me multarán si no llevo la adecuada? o ¿qué es esto del ISOFIX? asaltan a padres y madres.
A la hora de adquirir estas sillas, es imprescindible asesorarse bien con especialistas del sector que nos puedan despejar todas las dudas, la seguridad de nuestros hijos lo requiere.
Por nuestra parte, vamos a intentar ponéroslo lo más fácil posible. Veamos paso a paso las cuestiones más relevantes acerca de los sistemas de retención.
La legislación sobre los sistemas de retención infantil
A nivel legal, nuestra referencia es el artículo 117 del Reglamento General de Circulación. En él se indica que tanto cinturones como SRI homologados deben llevarse correctamente abrochados en vías urbanas e interurbanas.
Menores de 135 cm de altura, con SRI y en las plazas traseras como norma general
Si nos ceñimos a los SRI, en los asientos delanteros de aquellos vehículos de más de 9 plazas, la legislación española obliga a que los menores con una altura igual o inferior a 135 cm utilicen siempre un sistema de retención homologado y adaptado a su peso y altura.
Desde el 1 de octubre de 2015, deberán ir sentados obligatoriamente en los asientos traseros de los vehículos, a excepción de estos tres casos:
- Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros
- Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características
- Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.
La sillita homologada
La cosa se va complicando, el reglamento hace mención a que deben ser dispositivos homologados, es decir, tienen que haber superado una serie de pruebas que garanticen unos mínimos niveles de seguridad. ¿Qué es exactamente una homologación?
La homologación consiste en la realización de un examen técnico que las sillas deben aprobar para poderse vender en el mercado. De esta forma, se puede garantizar que las sillas tienen una calidad y una seguridad mínimas.
Por tanto, para que un producto sea homologado ha de cumplir las especificaciones técnicas, superar una serie de ensayos y pruebas de choque y disponer de toda la documentación que le corresponda.
De la ECE R44/04 a la i-Size
El tema de las homologaciones suele ser un quebradero de cabeza para muchos. Josep M. Vallès, formador en Seguridad Vial Infantil de las Naciones Unidas, nos indica que existen dos homologaciones que conviven en la actualidad: la ECE R44/04 (en vías de desaparición) y la ECE R129, también conocida como i-Size (que sustituirá a la R44/04).
Lógicamente, esta evolución supone una mejor calidad y seguridad de las sillas, en concreto la R129 mejora la R44/04 en 6 aspectos:
- Prueba de choque lateral obligatoria.
- Más tiempo en sentido contrario a la marcha.
- Dummies de última generación para las pruebas de impacto.
- ISOFIX obligatorio hasta los 105 cm de altura del niño (con alguna excepción).
- Mejor adaptación al niño: las sillas se venden por altura y no por peso.
- Todas las sillas i-Size se podrán instalar en los coches homologados i-Size.
¿Cuáles son los plazos de homologación?
Hasta el 1 de septiembre de 2020 se podrán seguir homologando sillas bajo la normativa R44/04, y hasta el 1 de septiembre de 2022 se podrán pedir extensiones de homologación (para ligeros cambios sobre los modelos originales). A partir de esas fechas, no será posible homologar ni modificar las sillas R44/04, pero se podrán seguir fabricando y vendiendo durante un período que se estima de unos 10 años aproximadamente, según nos indica Josep Vallès.
En el mercado tenemos sillas i-Size para todas las alturas de niño, desde los 40 cm (prematuros) hasta los 150 cm de altura (12 años aprox.). A pesar de que puedan seguir vendiéndose y utilizándose otras, siempre que se pueda la recomendación sería adquirir una silla i-Size.
¿Cuáles son las sanciones por no llevar el SRI?
Sinceramente, cuando hablamos de seguridad vial infantil, lo de menos ─o así debiera ser─ es la multa. Es más, si la multa contribuye a que algunos adultos se conciencien por la seguridad de sus hijos, bienvenida sea.
Llevar a un niño sin su SRI está tipificado como infracción grave, y lleva aparejada una sanción de hasta 200 euros para el conductor responsable de la seguridad del menor. Asimismo, en la reforma de la Ley de Seguridad Vial se incluyó la posibilidad que tienen los Agentes de Tráfico de inmovilizar el vehículo si se viaja con menores y no se dispone del dispositivo de retención infantil.
El sentido contrario a la marcha
Un recién nacido tiene un 25% del peso del cuerpo en la cabeza y la musculatura del cuello todavía por desarrollar. Si colocamos un niño a favor de la marcha demasiado pronto, en caso de accidente, va a sufrir lesiones cervicales que pueden llegar a ser graves o fatales.
En cambio, si colocamos a los niños en sentido contrario a la marcha, en un choque frontal, la cabeza y la espalda van a apoyarse en la silla y se reduce drásticamente la probabilidad de sufrir lesiones.
Existen sillas que permiten llevar a los niños en sentido contrario a la marcha más allá de los 4 años, pero es muy importante hacer la instalación correctamente. Se trata de sillas muy grandes, nos indica Josep Vallès, que necesitan mucho espacio y que, a no ser que el fabricante diga lo contrario, nunca deben apoyarse en el asiento delantero.
Si apoyamos la silla en el asiento delantero, en caso de accidente, esta no va a tener espacio para flexionar y amortiguar así la fuerza del impacto. La cabeza del niño va a quedar bloqueada y el cerebro va a golpear la parte interna del cráneo, aumentando las probabilidades de sufrir lesiones cerebrales muy graves.
Sillas de segunda mano y caducidad
En Europa, a diferencia de los que sucede en Estados Unidos, las sillas no tienen fecha de caducidad. Tampoco deben contar con la fecha de fabricación. Pero ello no significa que las sillas sean eternas. En efecto, los materiales con los que las sillas están fabricados, especialmente los plásticos, pierden sus propiedades con el paso del tiempo.
Las sillas no son eternas, sus materiales se degradan y pueden aparecer holguras o deteriorarse piezas
Los portabebés para recién nacido, que se utilizan poco tiempo, son los que más sufren. Por un lado, el plástico con el que están fabricados es especialmente flexible para proteger la delicada cabeza de un recién nacido. Por otro, como se usan encima de un cochecito para ir a pasear, reciben muchas más horas de sol y, consecuentemente, se estropean mucho antes que una silla que se queda encerrada dentro de un coche protegida de la luz solar.
Más allá de la vida útil de la silla, ningún fabricante va a garantizar al 100% que esta cumpla adecuadamente en caso de accidente. No es aconsejable adquirir una silla de segunda mano o reutilizar sillas por los siguientes motivos:
- Puede haber estado involucrada en un accidente y presentar daños no visibles.
- Pueden faltar piezas.
- Pueden faltar las instrucciones, con lo cual la instalación no se va a hacer correctamente y ello va a poner al niño en peligro.
- Los plásticos pueden haber perdido sus propiedades de elasticidad y resistencia.
- Pueden ser de homologaciones no válidas (ECE R44/02 y ECE R44/03).
- Pueden estar desfasadas tecnológicamente.
La prevención no es un gasto
Siempre es una inversión, y con este punto de vista debemos afrontar el equipamiento de seguridad de nuestros vehículos, más aún cuando hablamos de menores, ya que somos los adultos los que decidimos por ellos.
Con el fin de ayudar a los padres, la Alianza Española para la Seguridad Vial Infantil (AESVi) ha realizado un decálogo en el que se resumen los principales aspectos a tener en cuenta para garantizar la seguridad vial infantil.
Imágenes | Smartbaby, iStock SbytovaMN, Solovyova, Анатолий Тушенцов