Los patinetes eléctricos han cambiado la forma de movernos por nuestras ciudades. Cada vez hay más usuarios de este topo de VMP (vehículo de movilidad personal), hasta el punto de que la DGT ha tenido que actualizar profundamente el Reglamento General de Circulación para que se ajuste a esta nueva realidad.
Con esta reforma se han aprobado nuevas multas, que se suman a las ya clásicas que siguen vigente. Te contamos cuáles son las más habituales en España para los usuarios de patinetes eléctricos.
No hace falta tener carnet de conducir para que te multen
El 23 de junio de 2026, el Consejo de Ministros aprobó una importante reforma del Reglamento General de Circulación con el objetivo de proteger a los usuarios vulnerables de la vía, es decir, a ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos. Estas medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026 y contemplan nuevas multas que se suman a las ya existentes.
Y es que, a estas alturas, ya podemos hablar de sanciones “clásicas” para los usuarios de patinetes eléctricos, como la que castiga circular por la acera o por zonas peatonales. Está prohibido pisar las aceras, paseos marítimos o plazas con estos vehículos: deben ir por el carril bici o la calzada urbana. No cumplir con esta normativa supone una multa de 200 euros.
Otro clásico es llevarse una sanción de 100 euros por viajar dos personas en el patinete. Este VMP es unipersonal, por lo que no se puede llevar jamás a un acompañante.
También es muy habitual ver a usuarios de patinetes con los auriculares puestos porque van escuchando música o haciendo una llamada de teléfono: pues supone una multa de 200 euros. Exactamente igual que utilizar el teléfono móvil mientras conduces el patinete.
Más grave es dar positivo en alcohol o drogas. La Policía o la Guardia Civil puede parar a cualquier usuario de patinete para someterle a estas pruebas: si se superan los 0,0 mg/l de alcohol en caso de ser menos o los 0,25 mg/l de alcohol en caso de ser adulto, la multa puede ir desde los 500 euros hasta los 1.000 euros. Ojo, negarse a hacer la prueba también es motivo de multa.
Sigue estando prohibido circular sin el certificado de la DGT para el patinete o sin seguro obligatorio. En este caso, las multas van desde los 202 euros hasta los 800 euros.
Nuevas sanciones a partir de octubre
Entre las nuevas multas que entrarán en vigor en octubre por la reforma del Reglamento General de Circulación, está no llevar casco de protección. Hasta ahora, era algo que dependía de las ordenanzas municipales, pero ahora es obligatorio en toda España para cualquier conductor de patinete. No cumplir esta norma conlleva 200 euros de multa.
Por la noche o en condiciones de baja visibilidad, a partir de octubre hay que llevar chaleco o elemento reflectante. En el caso de los repartidores, es obligatorio en todo momento y cualquier día. La multa en este caso es de 200 euros.
Una novedad para los menores: por primera vez hay una edad mínima para conducir un VMP, los 15 años. Los menores de esa edad que lleven un patinete eléctrico se enfrentan a una multa de 200 euros, la misma sanción que te pueden poner por conducir el patinete con las luces apagadas: a partir de octubre, el alumbrado debe ir siempre encendido.
Y también con 200 euros se castigará circular por vías interurbanas no segregadas. Tampoco servirá ir por el arcén o la calzada en carreteras secundarias.
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