Dejar pasar la fecha para acudir a la ITV es una infracción de tráfico. Así lo recoge la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial cuando detalla la lista de infracciones graves:
Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.
Esto es lo que debes saber para tener la ITV al día y reducir, por lo tanto, el riesgo de accidentes.
Ni un día más ni uno menos
Entre las normas que regulan la inspección técnica de vehículos se encuentra la periodicidad y vigencia de las inspecciones. Y esa vigencia es hasta la fecha exacta que se da como límite. No se contempla que haya día alguno de margen. Además, en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial también se tipifica como muy grave esta infracción:
Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial.
En función de si circulamos con un vehículo que no ha pasado la ITV (por la razón que sea) o si ese mismo vehículo incumple las condiciones técnicas del modo que describe la ley (por ejemplo, porque monta neumáticos severamente deteriorados), estaremos ante una infracción grave o muy grave.
Multas por llevar la ITV caducada por pocos días
Los agentes de la autoridad encargados del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas, así como el resto de administraciones con competencia en materia de inspección técnica, verificarán la vigencia de la inspección técnica periódica de los vehículos a través de los datos obrantes en el Registro de Vehículos de la Jefatura Central de Tráfico, o alternativamente del informe de inspección o de la tarjeta ITV o certificado de características del vehículo.
Es decir, los cuerpos policiales encargados del tráfico pueden verificar si tu coche ha pasado o no la ITV, y si estás fuera de plazo te pueden hacer detener la marcha para comunicarte su denuncia. El resultado de la ITV puede ser favorable (o favorable con defectos leves), desfavorable (se detecta un fallo grave que requiere del paso por un taller) o negativa (la gravedad del defecto es suficiente para inmovilizar el vehículo).
Si se emite una denuncia podrá dar paso a una sanción económica de 200 euros, por infracción grave, o de 500 euros, por infracción muy grave, dependiendo de cómo se considere en atención a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. No se prevé ninguna detracción de puntos en estos supuestos.
En ningún caso la estación de la ITV te cobrará más, ya que las cuantías de las inspecciones y las tasas son fijas para cada tipo de vehículo, y no se tiene en cuenta la vigencia de la inspección en esta cuestión.
Pasar la ITV antes de que caduque
Se puede pasar la ITV antes de que expire el plazo, y si realizamos la inspección dentro de los 30 días naturales antes de la fecha límite, entonces la nueva fecha de vigencia no tendrá en cuenta que nos hemos adelantado. Si pasas la ITV con más días de 30 días de antelación, la fecha de caducidad de la siguiente inspección se corresponderá con el día en que hayas pasado la ITV.
¿Cómo saber cuándo caduca la ITV de mi vehículo?
Puedes consultar este dato de varias maneras:
En la pegatina ITV. Puedes consultar el mes y el año de la próxima ITV en la pegatina que te proporcionan en la estación cada vez que vas a pasar la inspección. La muesca con números romanos indica el mes, y el número central el año. Simplemente ten en cuenta que en este documento lo que encontraremos será mes y año, no fecha concreta. Para conocer la fecha concreta consúltalo en cualquiera de los siguientes documentos.
En la ficha técnica. También puedes consultar la fecha de tu última inspección en el reverso de la tarjeta de inspección técnica, que puede ser electrónica o en papel, dependiendo del centro ITV donde hayas pasado la inspección de tu vehículo.
En el informe de la última ITV. En el último informe de inspección técnica también puedes encontrar la fecha de vencimiento de tu inspección actual.
Cada cuánto se pasa la ITV
Los plazos de vigencia de la ITV periódica están relacionados con el tipo de vehículo y con la antigüedad de este, contada a partir de su fecha de primera matriculación. Así, los vehículos tienen plazos de vigencia específicos: bienal (cada dos años), anual (cada año) o semestral (cada seis meses), tal y como se muestra en la siguiente tabla completa de plazos de vigencia de la ITV extraída del Real Decreto 920/2017, por el que se regula la inspección técnica de vehículos:
| Categoría vehículo | Frecuencia de inspección | ||
|---|---|---|---|
| L | L1e: Ciclomotores: vehículos de dos ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h, de cilindrada inferior a igual a 50 cm³ (combustión interna) o potencia continua nominal máxima inferior o igual a 4 kW (motores eléctricos). | Hasta 3 años: Exento | > 3 años: Bienal |
| Resto L: Vehículos de motor de dos o tres ruedas, gemelas o no, y cuadriciclos, destinados a circular por carretera, así como sus componentes o unidades técnicas. | Hasta 4 años: Exento | > 4 años: Bienal | |
| M | M1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y de sus equipajes, con un máximo de ocho plazas, excluida la del conductor. | Hasta 4 años: Exento | > 4 años: Bienal > 10 años: Anual |
| M2, M3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje con más de ocho plazas, excluida la del conductor. | Hasta 5 años: Anual | > 5 años: Semestral | |
| N, O | N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas. | Hasta 2 años: Exento | 2 a 6 años: Bienal 6 a 10 años: Anual > 10 años: Semestral |
| N2, N3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas. O2 (excepto caravanas remolcadas de esta categoría), O3, O4: Remolques concebidos y fabricados para el transporte de mercancías o de personas, así como para alojar personas. | Hasta 10 años: Anual | > 10 años: Semestral | |
| O2: Caravanas remolcadas. | Hasta 6 años: Exento | > 6 años: Bienal | |
| Usos especiales | L y M1: Vehículos destinados al servicio en escuelas de conductores | Hasta 2 años: Exento | 2 a 5 años: Anual > 5 años: Semestral |
| M1: Vehículos utilizados como ambulancias, taxis, y vehículos de transporte escolar y de menores. | Hasta 5 años: Anual | > 5 años: Semestral | |
| Otros | Tractores de ruedas agrícolas o forestales, con una velocidad máxima de fabricación superior a 40 km/h. | Hasta 4 años: Exento | 4 a 16 años: Bienal > 16 años: Anual |
| Resto de tractores de ruedas agrícolas o forestales, máquinas automotrices (excepto las de un eje), remolques especiales, máquinas remolcadas y tractocarros. | Hasta 8 años: Exento | 8 a 16 años: Bienal > 16 años: Anual | |
| Vehículos especiales destinados a obras y servicios y maquinaria automotriz cuya velocidad sea igual o superior a 25 km/h. | Hasta 4 años: Exento | 4 a 10 años: Bienal > 10 años: Anual | |
| Estaciones transformadoras móviles y vehículos adaptados para maquinaria de circo o ferias recreativas ambulantes. | Hasta 4 años: Exento | 4 a 6 años: Bienal > 6 años: Anual |
Ojo, porque puede que tu coche tenga que pasar la ITV antes de tiempo
Se puede requerir que un vehículo se someta a ITV antes de plazo en los casos siguientes:
- Cuando el vehículo haya sufrido un "daño importante", según especifica la ley, que pueda afectar a algún elemento de seguridad de los sistemas de dirección, suspensión, transmisión o frenado, o al bastidor o estructura autoportante en los puntos de anclaje de alguno de estos órganos.
- Cuando los componentes y sistemas de seguridad y de protección del medio ambiente del vehículo hayan sido alterados o modificados.
- Cuando cualquiera de los organismos con competencias de tráfico tenga "fundada sospecha" de que el vehículo no reúne las condiciones técnicas exigibles para permitirle circular y puede poner en peligro la seguridad vial.
- Cuando el vehículo, por cambio de uso, servicio, dedicación o destino, se vea obligado a una frecuencia de inspección más severa o se produzca alguna modificación técnica del vehículo.
En Motorpasión | Se me ha encendido la luz filtro de partículas FAP en marcha. ¿Realmente, puedo seguir conduciendo?
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