Hace tiempo que avisamos que los detectores de radar iban a prohibirse --concretamente hace cuatro años-- pero el sistema legal tiene sus plazos. Tras la aprobación definitiva en el Congreso, la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ya se ha publicado en el BOE.
A partir del 7 de mayo ya no se podrán utilizar los detectores de radar de forma legal. Vamos a ver qué dice la Ley exactamente, pues en el lenguaje jurídico queda poco margen para la interpretación. Explicaremos el resto de los cambios legales en un artículo aparte, dado su interés.
¿Por qué los van a prohibir? Como explicamos en su día, el texto legal de 2009 era ambiguo y estaba mal redactado, por lo que se pudieron usar por vacío legal. Varios artículos se contradecían entre sí, pero existía la posibilidad de inmovilizar el vehículo por tener un detector.

La razón textual es la siguiente: "Se ha estimado que un aparato que en el fondo tiene como razón de ser eludir la vigilancia del tráfico y el cumplimiento de los límites de velocidad no puede tener la más mínima cobertura". Es de cajón.
Añaden: "No parece lógico que coexistan conductores que respetan los límites de velocidad junto a otros que disponen de mecanismos que les pueden permitir eludirlos". Ahí podemos introducir el debate de si un detector permite eludir los límites, o eludir las multas.
Me explico. Uno puede tener instalado un detector por dos motivos. El primero es que no se respetan habitualmente los límites de velocidad y quiere evitar que le cacen. El segundo es que, pese a que se procura respetarlos, uno siempre puede tener un descuido de 300 euros con mala suerte, como 91 km/h en zona de 70 km/h, o de 100 euros por menos de 20 km/h.

¿Qué dice exactamente el BOE?
El artículo 11 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial queda así:
«6. Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.»
Esto, en castellano corriente, significa lo siguiente:
- Avisadores de radar: se pueden utilizar sin problemas, al igual que antes. Se incluyen aquí los navegadores incrustados y externos, dispositivos como Mini Coyote o cualquier aplicación para teléfonos móviles
- Detectores de radar: literalmente se habla de utilización para que sea una sanción grave, de 200 euros y tres puntos
- Inhibidores de radar: Están tan prohibidos como antes, 6.000 euros de multa por tenerlos en el vehículo

También hay que prestar atención al artículo 65, apartado 4, párrafo g), es decir, el Cuadro General de Infracciones:
g) Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación, así como utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros.»
Este artículo habla de conductas que implican una sanción grave. Es como usar el Whatsapp, introducir una dirección en el navegador en marcha o buscar una canción en el Spotify. Hay que conducir con las dos manos en el volante.
¿Cómo es la sanción?
Al reformarse el Anexo II, entra el punto 20:
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros
Se considera una infracción grave, con 200 euros de multa, 100 euros si nos acogemos al pronto pago. Los tres puntos de detracción del carné van aparte. Aunque se pague con descuento, al perderse puntos, sí quedará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores.

¿Y si seguimos usando detector de radar que también es avisador (combi)?
A nivel técnico, es posible anular la función de detección mediante una actualización de _software_ del fabricante, o una función de menú, o una tecla. Es decir, si se anula la función de detección, ya deja de ser tal, y se convierte en un avisador por GPS y base de datos interna, 100% legal. Se castiga la utilización, no la tenencia.
También existe la posibilidad de deshabilitar la función de detección hasta cierta velocidad, como 30-40 km/h, por lo que nuestro coche no llamaría la atención en un control ni sería sospechoso de tener un detector. Legalmente esto es hacer equilibrismo sobre seda dental.
Por lo tanto, es posible tener detector pero las posibilidades de ser sorprendido utilizándolo, que es lo sancionable, sean menores. No pretendo hacer ninguna apología de ello, defiendo el cumplimiento de los límites de velocidad como norma de conviencia en la carretera.

A los que les gusten las matemáticas, la sanción por usar un detector equivale a dos excesos de velocidad leves (+1 a +20 km/h), 50 euros. El tramo siguiente de sanción son 150 euros y la pérdida de dos puntos. Cada cual debería decidir hasta qué punto le merece la pena el riesgo.
Me despido con una reflexión personal. Por mucha concentración y esfuerzo que un conductor ponga en la labor de guiar un coche, es imposible cumplir con los límites de velocidad el 100% del tiempo. Además, hay detectores y detectores, unos permiten impunidad a 180 km/h y otros te avisan con poco margen para frenar.
Si "solo" hay un 99% de cumplimiento y el 1% restante nos caza un cinemómetro, la frustración será enorme. Toco madera, casi 10 años de carné e impoluto en ese sentido. Un día puede que se me acabe la suerte, pero cuanto más tarde ese día, mejor para mi bolsillo.
Enlace | "Boletín Oficial del Estado":http://boe.es/boe/dias/2014/04/08/pdfs/BOE-A-2014-3715.pdf En Motorpasión | "¿Merecerá la pena usar detectores de radar en 2014?":https://www.motorpasion.com/seguridad/detectores-de-radar-legales-ilegales-o-alegales
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Allvars
A mí lo que más me disgusta de la noticia es el transfondo moral que oculta: si los radares verdaderamente estuvieran donde hacen falta y su objetivo fuera el de evitar accidentes, perfecto. Pero todos sabemos que su objetivo verdadero es el de recaudar.
Lo dicho, si tuviera un detector de moralidad, no encontraría ninguna.
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Sin embargo todavia no se ha legislado EL CALZADO del que conduce..., asi que podemos ver a señoras y chavalas conduciendo con plataformas de 20cm o con tacones de aguja, un jodido peligro publico...
A mi hermana casi la matan por eso..., la tipica que echa marcha atras, y cuando va a frenar acelera mas..., mi padre salto a por ella a lo ninja, y ambos pasaron a 2cm del coche justo antes de que embistiera el coche de mi padre..., luego se baja y dice que no atino con el pedal de freno, sino con el del acelerador..., evidentemente con sus megaplataformas tipo:
http://bimg1.mlstatic.com/zapatos-con-plataforma-negro-con-dorado-importados_MLA-F-3199371971_092012.jpg
Tambien he visto ya infinidad de videos en internet, donde tras un accidente se baja la conductora con calzado similar..., pero claro..., cuidadin, que son mujeres, no vayamos a decirles nada que se nos echan las ministras encima..., y mientras gente palmando...
Es una jodida verguenza, no hay mas.
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Seguimos haciendo CHAPUZAS en la legislación. Yo no soy jurista pero veo poco exacta la ley, por ejemplo el artículo:
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
Pero si no es el conductor (ni el propio vehículo) el que "utiliza" dicho dispositivo mientras conduce... por ejemplo si es el copiloto el que "utiliza" el mecanismo de detección de radares. Ahí la ley no actúa ya que no se multa la tenencia; sólo la utilización por parte del que conduce y el copiloto no va conduciendo. Creo que la ley debería escribirse mejor:
20. Conducir vehículos en los cuales se utilicen sistemas de detección de radares o cinemómetros.
Aquí ya es indiferente quien utilice el sistema que la multa es para el conductor. Por cierto la palabra "mecanismo" tampoco es muy acertada ya que no hay piezas móviles, mejor sería usar la palabra "sistema".
Luego la otra norma:
g) Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación, así como utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros.»
Es decir que si manualmente le pulso al botón del volante de manos libres de la telefonía móvil para coger una llamada me pueden multar.... increíble ble.
P.D. En el RAE se aceptaría mecanismo pero queda muy arcaico, sería como usar la palabra "cacharro".
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... Medidas disuasorias, igual a medidas 'recaudatorias'.
gulf
no pienso sacar mi Stinger.
xactiu
Esta ley nos la cuelan en España. Seguramente en América, algún abogado de esos que demandan a la Nocilla por que engorda, esta ley ni se atreven a sacarla.
Pero bueno. Un profesor de redes de telefonía dijo una vez que ilegalizar los detectores es algo difícil, es decir te están prohibiendo utilizar un aparato que escucha las ondas que los radares emiten a la atmósfera...
Esta ley es tan absurda como el impuesto por placas solares (me van a cobrar también si tomo el sol en la calle?)
Como si te multan viendo las rallas del Canal+ por que tu tele las capta...
Y si un perro u otro animal (que no se si puede detectar minimamente las señales de radar) es entrenado para que ladre con los radares, también esta prohibido que lo lleve en el coche?
La verdad me quede sin palabras ante semejante estupidez de ley. Esta claro que esto no es por la seguridad de nadie. Esto es por la seguridad de la recaudación de multas. Un detector de radar hace el efecto que "ellos quieren" que en la zona tan peligrosa donde colocaron el radar no superemos esa velocidad limite tan razonable...
Si es que estos detectores los tendrían que traer los coches de serie y obligatorio como el ESP o el ABS.
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Hecha la ley hecha la trampa. La gente cuando vea un control lo apagará y dirá que no lo utiliza que esta apagado y punto.
si todos supieramos donde estan los radares en lugar de esconderse como ratas habrian menos accidentes. Estoy seguro.
43525
"Me despido con una reflexión personal. Por mucha concentración y esfuerzo que un conductor ponga en la labor de guiar un coche, es imposible cumplir con los límites de velocidad el 100% del tiempo"
Mi coche lleva un bonito limitador de velocidad.
Para que te pillen tiene que darse varias condiciones.
1) Que excedas los limites.
2) Que casualmente cuando los excedes estés pasando por delante de un radar, posiblemente oculto.
3)Que el exceso de velocidad sea tal que se considere punible.
Y considerando todo eso puedes pasarte cientos de miles de kilómetros y mas de 20 años sin ser multado por exceso de velocidad.
O eso o puedes, podias, no estoy seguro de que tiempo verbal usar, un detector de radar. Que el dinero todo lo compra y todo lo vende.
Gurthang
Tenemos que pasarnos al FGM-148 Javelin y terminar con el problema de raíz.
Ariasdelhoyo
En principio estoy de acuerdo que se prohíban porque generaba un agravio comparativo entre los que lo tienen y los que no lo tenemos.
Al margen de la noticia, lo de que no se puede tocar el teléfono o el navegador, perfecto, porque hay que tener las manos al volante. Pero ¿cuando van a prohibir fumar en el coche?. Porque no creo que la actividad de buscar un cigarrito, buscar el mechero, encenderlo y llevar un cilindro de papel con fuego a escasos centímetros de los ojos sea bueno para la conducción.
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Lo mejor es conducir con pasamontañas, así cuando te saquen la foto sólo tienes que decir que no conducías tú y ya está XD. Es una idea tan simple que puede que hasta funcione.
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Tengo opiniones encontradas. Me explico. Me parece bien que se prohiban, ya que yo mismo tengo uno de estos en el coche, y si que es verdad que se pueden hacer viajes de 500km a una media de 150 km/h com tranquilidad, lo cual en teoria (segun las leyes de España) es una infracción. Por otro lado, me molesta que se busque potenciar aun mas la labor de los radares (recaudar), ya que, colocando radares en lugares con alta siniestralidad (como debería ser), todo el mundo frenaria, y en el fondo tendría que ser esa la utilidad de los radares...
WIRZON
Es detectable un detector de radares?
Un Beltronic 995 por poner un ejemplo jeje
Eskynnet
Si tanto les importa la seguridad porque tenemos las carreteras en este estado
http://www.huffingtonpost.es/2014/04/10/estado-carreteras-espanolas_n_5126560.html
Aparte yo e tenido un detector de radar de estos y no es para ir a 250, te dan cierto margen 189 o 170 no recuerdo, pero no para ir en plan farruquito.
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Tenian que aprobar en el BOE el radar de corrupcion y asi no hacia falta prohibir esto ni poner radares en lugares sin riesgo para hacer caja.
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Hay modelos como el nuevo 308 en que se realizan funciones a través de la pantalla táctil que en modelos anteriores se hacian con botones físicos. ¿Como se puede diferenciar si al tocar con el dedo la pantalla estoy manejando el navegador (multa) o estoy subiendo el aire acondicionado?
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Pues que quieres que te diga. Me gasté una fortuna instalando el mio y no lo pienso desmontar. Me sale más a cuenta pagar esos 200 euros de multa.
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Ahora que bajaran de precio... Comparativa! (Javier por favor), ¿Cuál recomendáis?
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Todo esto lo hacen por recaudar es el unico fin que tiene esta prohibicion
mermadon
El mejor antiradar es respetar escrupulosamente los límites. Por donde circulo hay señales de 20 y yo voy a 20. Si me pitan me da igual... Yo voy delante.
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en este párrafo de la ley «Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.»
¿Los grupos de wathsapp aplicaciones etc en principio siguen siendo legales no? yo lo entiendo así
saludos
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Yo tengo una pregunta.... Una vez que contamos con superar el limite establecido ¿cuál es el limite para no perder puntos y que sólo sea una sanción económica? Antes, se que era 30km/h por encima de la velocidad permitida. ¿Sigue siendo así? O han cambiado los límites....
pos_soy_yo
Como dicen los políticos "lo acatamos pero no lo compartimos".. ¡qué remedio!