Profesionales irresponsables: un conductor de ambulancia y un camionero, pillados con 8 y 10 veces más alcohol del permitido

El consumo de alcohol y drogas por los automovilistas sigue siendo una de las lacras a erradicar por la DGT para lograr su objetivo cero muertos en la carretera, tal y como el confirmó el ministro del Interior en funciones, Fernando Grande-Marlaska, en el Pleno del Consejo Superior de Tráfico celebrado este mismo mes. Sin embargo, aún seguimos viendo casos cuya temeridad es tal que incluso se convierten en virales.

En este sentido, el último hecho de irresponsabilidad sucedió en el municipio de Alcantarilla, en Murcia, la madrugada del pasado jueves 24 de octubre, cuando un conductor de ambulancia que se encontraba en servicio fue interceptado por la Guardia Civil en estado de embriaguez, concretamente excediendo por ocho la tasa máxima permitida de alcohol en aire.

Según informa Europa Press, el conductor en cuestión acudió con el vehículo a una autovía ubicada en el término municipal de Alcantarilla para asistir a las víctimas de un accidente de tráfico originado en la vía. No obstante, los miembros de la patrulla de motoristas de Tráfico de la Guardia Civil que también se encontraban atendiendo el caso detectaron que el conductor de una ambulancia presentaba síntomas de haber ingerido alcohol.

Unas sospechas que desembocaron en la posterior realización de las preceptivas pruebas de alcoholemia y la confirmación de las suspicacias, pues los resultados arrojados fueron positivo con índices de 1,24 y 1,20 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, superando en ocho veces la tasa máxima de alcohol permitida de 0,15 mg/litro para conductores profesionales.

Finalmente, los agentes detuvieron al conductor, que ha sido puesto a disposición del Juzgado de Instrucción número 1 de Murcia para la celebración del correspondiente juicio rápido, y requirieron los servicios de otra ambulancia para trasladar a los heridos del siniestro vial.

Más y peor

Fuente: Guardia Civil.

El otro gran acto de imprudencia acaecido se detectó también en la región de Murcia, pero en este caso un día antes, el miércoles 23 de octubre, y en la autovía del Mediterráneo, la A-7, a la altura de Lorca, donde un camionero que manejaba un camión de 40 toneladas fue interceptado por la Guardia Civil excediendo por diez la tasa máxima de alcohol permitida en sangre.

De acuerdo con La Verdad, los servicios de emergencias y la Central Operativa de Tráfico de la Guardia Civil de Murcia (COTA) recibieron varios avisos de diferentes conductores que alertaban de haber visto un camión de grandes dimensiones circulando de forma inusual y realizando maniobras sospechosas.

Una vez los agentes de la Benemérita lograron localizar el vehículo y lo detuvieron, identificaron al conductor, de 41 años, que presentaba evidentes signos de ebriedad. En el asiento del copiloto portaba además dos tetrabriks de vino vacíos y una botella a la mitad de una bebida de alta graduación alcohólica.

Finalmente, el camionero se sometió a la prueba de alcoholemia y los resultados esgrimidos fueron positivos de 1,58 y 1,53 miligramos por litro de aire espirado, más de diez veces la tasa máxima permitida, que, recordemos, en el caso de conductores profesionales es de 0,15 mg/litro.

Posteriormente, el chófer fue detenido y puesto a disposición del Juzgado de Instrucción número 1 de Lorca (Murcia).

¿A qué penas se exponen?

Según establece la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el límite legal de alcohol a nivel general es de 0,25 mg/litro espirado, que se reduce a 0,15 mg/l para profesionales y noveles.

Así, los conductores que presenten valores de alcohol superiores a 0,50 mg/litro de aire espirado, como los vistos, se exponen a sanciones de 1.000 euros y la detracción de seis puntos del carné de conducir. Además, el capítulo IV del Código Penal establece prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años en los casos en los que las tasas rebasen los 0,60 mg/l en aire.

Fuente: DGT.

Por otra parte, la normativa contempla para todos los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, una multa de 1.000 euros.

En este sentido, Tráfico endureció además las penas para estos casos en 2017, implementando la retirada de vigencia del permiso a los conductores reincidentes con sanciones de alcohol y drogas que tengan dos o más sanciones en un periodo inferior a dos años.

Y es que el consumo de sustancias tóxicas sigue siendo una de las batalla de la DGT para tratar de reducir el número de muertos en accidentes de tráfico, una de las seis materias aún suspensas de la Estrategia Vial 2011-2020.

De hecho, el 43,4% de los 535 conductores fallecidos durante el año pasado en accidentes de tráfico y sometidos a autopsia había consumido alcohol, drogas de abuso y/o psicofármacos, según se desprende de la Memoria del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF) sobre las Víctimas Mortales en Accidente de Tráfico en 2018.

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