Todas las multas de las ZBE de Madrid están mal y son recurribles. Lo ha dicho un juez

La sentencia de un juzgado de Madrid ha determinado que las multas que impone el Ayuntamiento por acceder indebidamente a las ZBE no se están aplicando correctamente: se está multando como infracción grave lo que debería sancionarse como leve.

Según interpreta este juez, no se puede multar con 200 euros esta infracción, sino que debería hacerse por un máximo de 100 euros. Así lo ha dictaminado ante el recurso de un conductor presentado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

Y eso se traduce en que todas las multas por incumplimiento de las ZBE podrían recurrirse, ya que este caso puede sentar precedente jurídico.

Una norma demasiado interpretable

Desde marzo de 2022, con la reforma de la Ley de Tráfico, pasó a incluirse como infracción grave el incumplimiento de las ZBE y de los protocolos por contaminación elevada:

"No respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las Zonas de Bajas Emisiones" (Artículo 76. z3 de la Ley de Tráfico).

A partir de entonces, incumplir las restricciones de las ZBE de Madrid se multa con 200 euros. Básicamente, circular con un coche o vehículo que no tiene permitido el acceso según su etiqueta de la DGT.

Pero, según ha interpretado un juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 34 en una sentencia reciente, acceder indebidamente a una ZBE no puede incluirse en ese supuesto. ¿Por qué? Según nos explica Mario Arnaldo, presidente de AEA, y como recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Motorpasión, porque el juez ha determinado que no se expresa claramente en la Ley como tal "el acceso indebido a una ZBE".

"En materia sancionadora tiene que estar perfectamente definido. No caben interpretaciones. Se debe expresar claramente", defiende Arnaldo. Y este juez en concreto ha sido de la misma opinión. De ahí su fallo a favor de la anulación de la multa en su caso de la ZBE de Plaza Elíptica.

¿Y por qué infracción leve? En la normativa de Tráfico cualquier incumplimiento que no esté definido expresamente como infracción grave o muy grave, es siempre infracción leve. Es una suerte de "cajón desastre de las multas", como lo define Arnaldo.

Incumplir las normas contenidas en esta Ley que no se califiquen expresamente como infracciones graves o muy graves en los artículos siguientes. (Artículo 75.c, Infracciones leves).

Dado que el acceso indebido a una ZBE no se contempla expresamente en la normativa, según esta juez debería tipificarse en este epígrafe como leve. De hecho así se recoge en la Ordenanza Municipal de Movilidad de Madrid, por ejemplo en lo que toca a Madrid Central (Distrito Centro):

El acceso no permitido a la ZBEDEP Distrito Centro se sancionará como infracción leve de tráfico conforme a lo dispuesto en los artículos 18, 75 c), 80.1 y 81 de la LTSV

En la misma normativa encontramos idéntico texto en el caso de Madrid ZBE (desde enero de 2024 ningún coche sin etiqueta puede circular en toda la ciudad) o la ZBE de Plaza Elíptica. En definitiva, es aplicable en todas las ZBE de la capital.

Es más, hasta marzo de 2022, no cumplir con las ZBE en Madrid se sancionaba como infracción leve con 90 euros de multa. Algo que en opinión de este juez debería seguir aplicándose ya que la normativa de la DGT no expresa de forma clara el acceso indebido como infracción.

Con esto en la mano, todas las sanciones por acceder y circular indebidamente por las ZBE podrían recurrirse, y ser anuladas, si otros jueces determinan lo mismo que el de este juzgado. Y esto podría ser extensible a otras ZBE españolas, pues todas sancionan este incumplimiento como infracción grave en base a la normativa de Tráfico.

No es la primera vez que la resolución de un juez sienta cátedra para otras sentencias en lo que toca a multas de tráfico.

Entonces, ¿puedo recurrir una multa que me hayan puesto en una ZBE de Madrid?

Depende. Según nos explica Arnaldo se puede recurrir una sanción incluso después de haberla pagado, pero no administrativamente sino exclusivamente por vía judicial.

Es decir hay que contratar un abogado (pues se necesita firma de abogado) y denunciarlo ante un juzgado, que es precisamente lo que ha hecho el conductor de esta sentencia en concreto a través de esta asociación de defensa de los conductores.

Para realizar este proceso hay un plazo: dos meses después desde el momento en el que se pagó la multa. Por tanto, sólo podremos recurrir la sanción a fecha de hoy si la abonamos en enero.

¿Me anularán seguro la multa? Tal y como nos detalla Arnaldo, el problema de las multas de tráfico es que, al recurrirlas ante un juzgado, se resuelven en primera instancia y no se pueden apelar. Esto se traduce en que lo que dice un juez va a misa.

Así, igual que este juez en concreto ha determinado que acceder indebidamente no puede multarse con 200 euros, otro puede determinar justo lo contrario: que esta infracción sí que puede tipificarse como grave por "no respetar las restricciones de circulación de las ZBE" tal y como lo pone en la Ley de Tráfico.

En definitiva, recurrir la sanción si estamos en plazo no nos asegura la anulación de la multa por acceder indebidamente en una de las ZBE de Madrid ya que depende de lo que decida el juez. Y los costes judiciales los tendremos que asumir igual.

Desde AEA han solicitado un cambio en la normativa judicial para que las multas de tráfico puedan elevarse al Tribunal Supremo cuando haya sentencias contradictorias, que son habituales. Sólo así podría sentar jurisprudencia. Ahora bien, las sentencias de los jueces sí que pueden sentar precedente y que otros adopten la misma resolución.

Una infracción muy rentable: más de 200 millones de euros y subiendo. Según AEA, entre marzo de 2022 y septiembre de 2023, el Ayuntamiento de Madrid ha puesto 1,18 millones de multas por incumplimientos de sus ZBE. A 200 euros la multa esto supone casi 238 millones de euros, aunque hay que tener en cuenta que muchas se han abonado con reducción (100 euros).

Lo cierto es que las multas por circular indebidamente por las ZBE en Madrid son las más que más interpone el Ayuntamiento: esta restricción que limita el acceso por etiqueta de la DGT está siendo de lo más rentable. Las más habituales son por circular por Madrid Central (ZBE Distrito Centro). Sólo entre enero y junio del año pasado, Madrid recaudó más de 70 millones de euros por no cumplir esta norma.

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