La normativa de Portugal es ahora más estricta que la de España cuando hablamos de dormir dentro de la camper más allá de las áreas de autocaravanas
Hubo un tiempo en el que cruzar la crucera en Portugal significaba más libertad para las campers que en España. Hoy ocurre justo lo contrario: nuestro país es más permisivo que nuestro vecino de la península Ibérica.
La diferencia de normativa es clave cuando planeamos unas vacaciones camper por ambos países. No tenerla clara nos las puede arruinar con multas de hasta 600 euros cada vez que no cumplimos la norma. Pero aún más importante es conocer las excepciones y cómo se está realmente aplicando, y vigilando.
España: aparcar y dormir dentro no es acampar, aunque no siempre se puede
Hace ya casi tres años que la DGT actualizó la normativa eliminando cualquier ambigüedad entre acampar y pernoctar. Esto se recoge en la Instrucción PROT 2023/14, definiendo claramente que "estacionar no es acampar" siempre que cumplamos tres preceptos:
- Que el vehículo, con el motor parado, solo esté en contacto con el suelo a través de las ruedas (sin patas estabilizadoras, excepto calzos).
- Que el vehículo no ocupe más superficie que la que ocupa cerrado. Es decir, sin desplegar elementos proyectables como toldos, sillas, mesas, una ventana abierta, etc.
- Que el vehículo no emita ningún tipo de fluidos o ruidos al exterior.
Esto significa que podemos dormir dentro de nuestra autocaravana o furgoneta camper aparcados en cualquier sitio siempre que lo hagamos así y no pueden multarnos por ello.
¿Siempre es así? Sí, pero no: un ayuntamiento o administración regional puede prohibir la pernocta en espacios naturales protegidos. De ahí que normalmente en Parques Nacionales solo se permita la pernocta en áreas de autocaravanas habilitadas para este fin.
Y lo mismo en playas u otros espacios naturales. De hecho, varios municipios gallegos ya están preparando ordenanzas para prohibir la pernocta a menos de que lo hagamos en áreas de autocaravanas. Así, siempre hay que estar atentos a posibles señales que indiquen esta prohibición o limitaciones que aplique un ayuntamiento dado.
Multas. Las sanciones por pernoctar en lugares donde está expresamente prohibido normalmente oscilan en España entre los 100 euros a los 500 euros.
Portugal: prohibido dormir libremente, con excepciones
En Portugal pasó justo lo contrario: se pasó de la libertad total para pernoctar estando aparcados sin extender nada del vehículo a la prohibición absoluta. Aunque esto se matizó después. A efectos, el Decreto Ley 102-B/2020, que entró en vigor en 2021, prohibió dormir dentro de una autocaravana o furgo camper excepto en áreas de autocaravanas.
También se eliminó la ambigüedad entre pernoctar y acampar, pero en una línea totalmente diferente a España:
- Pernoctar: permanecer aparcado en una autocaravana, caravana o vehículo camper con ocupantes dentro entre las 21:00 y las 7:00 horas.
- Aparcar: estacionar un vehículo excediendo el espacio de su propio perímetro, ya sea mediante la apertura de ventanas abatibles, el despliegue de toldos, mesas, sillas u otros elementos propios de acampada.
Meses después de entrar en vigor, se abrió la mano. Añadieron una modificación con una excepción: dentro de una autocaravana se puede dormir dentro estando aparcado en el mismo sitio durante 48 horas. Eso sí, siempre que no se haga en zonas de la Red Natura 2000, espacios naturales protegidos o zonas recogidas en los Planes de Frente Litoral.
¿Me multan siempre que no cumplo con esto? De nuevo, depende. En zonas de playa y costa muy turísticas la vigilancia suele ser más estricta, así que sí que pueden multarnos si no cumplimos con la regulación incluyendo el plazo de dos días. Donde nos van a multar siempre son en las mencionadas zonas naturales (Red Natura, Frente Litoral), donde la vigilancia es habitual.
¿Y qué pasa con las furgonetas campers? En teoría la excepción de las 48 horas es solo para autocaravanas y no para las campers (ya sean de fábrica o industriales posteriormente camperizados). No obstante, si optamos por zonas y pueblos del interior, que no son excesivamente turísticos, lo normal es no tener problema alguno porque se vigila mucho menos.
Multas. Las sanciones por dormir donde no está permitido en Portugal, o exceder el tiempo exigido, van de los 60 euros a los 300 euros. En el caso de hacerlo en un espacio protegido o dentro de la Red Natura 2000 las multas son aún más elevadas: entre 120 euros y 600 euros.
Imágenes | Park4night, Algarve Motorhome Park
En Motorpasión | Cuando me compré mi furgoneta camper pensé que iba a viajar a 120 km/h como con el coche, pero una multa me enseñó que tengo que ir a velocidad de camión
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