Multa máxima a un conductor en Córdoba por llevar más de 145.000 euros en el coche escondidos en la rueda de repuesto

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En España no se pueden llevar en el coche 100.000 euros o más en efectivo sin declararlo antes a Hacienda

Alejandra Otero

Los agentes de la Guardia Civil no daban crédito cuando, en un control rutinario en la A-4 en Córdoba, registraron un coche y encontraron nada menos que más de 145.000 euros en billetes escondidos en el hueco de la rueda de repuesto. Y no estaban precisamente a la vista: los llevaba escondidos metódicamente, divididos en 15 paquetes envueltos en papel film transparente. 

En España, no se puede transportar tal cantidad de dinero por carretera sin haberla declarado. Por ello, al conductor, dueño de ese dinero, se le abrió expediente y se le impuso la multa máxima: casi 73.000 euros correspondientes a la mitad de la cantidad intervenida. Presentó un recurso, considerando que era injusto, pero no le ha servido de mucho. El TSJM acaba de desestimarlo y ahora tendrá que pagar más.

No se pueden llevar en el coche más de 100.000 euros sin declararlo antes

Concretamente ocurrió hace ya cuatro años, en abril de 2022. La Guardia Civil estaba haciendo un control en el km 374 de la autovía A-4 a la altura de El Carpio (Córdoba), localidad ubicada en la comarca del Alto Guadalquivir. Según informó entonces el medio local Córdoba Hoy, el coche del sancionado fue uno de los que detuvieron los agentes para hacer el consiguiente registro. Tras levantar el piso del maletero, encontraron 145.685 euros en efectivo en el hueco de la rueda de repuesto.

En el interior del automóvil iban tres ocupantes, y los acompañantes señalaron que el dinero pertenecía al conductor. A los agentes les llamó no solo la atención la cantidad, sino cómo se transportaba: en paquetes individuales, en billetes de 50 y 20 euros esencialmente. También que iba deliberadamente escondido. Trasladaron el caso al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) y se le abrió expediente.

La normativa es clara: según el Artículo 34.b de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales, es obligatorio declarar movimientos de dinero por territorio nacional que sean igual, o superen los 100.000 euros. Y también especifica que se entiende por movimiento "cualquier cambio de lugar o posición que se verifique en el exterior del domicilio del portador de los medios de pago". En resumen, no se puede trasladar en coche o cualquier vehículo tal importe sin declararlo previamente.

La multa no es lo único que tendrá que pagar: hasta 76.000 euros

El conductor fue multado por esta infracción administrativa. La Dirección General del Tesoro y Política Financiera le impuso la sanción máxima posible: hasta el 50 % sobre la cantidad intervenida. En este caso, 72.842 euros. Pero el automovilista consideró excesivo el castigo, recurriendo la multa, alegando "falta de proporcionalidad y argumentando que no debió aplicarse el grado máximo de la sanción", según recoge Cordopolis

Ahora la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado su recurso. En la sentencia se recogen varios motivos. Primero, la cantidad de dinero; segundo, que llevarla escondida tan meticulosamente evidenciaba una clara intención de que no se encontrara ante un posible control policial, como fue el caso. Además, el conductor no aportó documento alguno que acreditase la procedencia del efectivo ante la Agencia Tributaria, ni tampoco demostró ejercer actividad económica que respaldara tal capacidad financiera. 

En definitiva el tribunal administrativo ha sentenciado que estos agravantes merecen que se le aplique la multa máxima, de casi 73.000 euros. Y además se añade que tendrá que pagar los costes judiciales, que son de hasta 3.000 euros.

Imágenes | Guardia Civil, Pexels 

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