Prohibido adelantar a camiones: el BOE confirma una nueva norma de la DGT que te afecta desde ya

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Durante todo el año la DGT podrá activar la prohibición de adelantar a camiones en determinadas vías y tramos horarios

Victoria Fuentes

A principios de año la DGT estableció una serie medidas especiales de regulación de tráfico que van a estar vigentes durante todo 2026. El objetivo es "optimizar la fluidez de la circulación" e incrementar la seguridad en las carreteras, apuntando directamente a algunas maniobras que en determinadas carreteras pueden resultar peligrosas.

Una de ellas es adelantar a camiones.

Ignorar este tipo de indicaciones, aunque sean temporales, puede implicar una multa de 200 euros

La resolución publicada en el BOE pone sobre la mesa la posibilidad de que Tráfico prohíba a los turismos adelantar a vehículos de transporte durante todo 2026. La modificación de la norma se recoge en el apartado D.3.1, y especifica que se puede prohibir adelantar "en determinados tramos" y a los vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A, entre otros:

D.3.1 Prohibición de adelantamiento en determinados tramos de carretera a vehículos de transporte. Con objeto de incrementar la seguridad vial y favorecer la fluidez de la circulación, el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico podrá fijar, durante días y periodos horarios concretos, la prohibición de adelantamiento a los vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A., vehículos que precisen autorización complementaria y vehículos especiales, en las fechas y vías que se recogen en el anexo V apartado 3.º de esta Resolución.

Esta prohibición se aplicará, explica la normativa, "según lo requieran las condiciones de seguridad vial y fluidez de la circulación". La DGT avisará de la misma a través de paneles informativos y señales temporales -la señal R-305- que estarán presentes en momentos de alta movilidad, como la Operación Salida de verano.

Recuerda que adelantar a un camión ignorando la señalización o una línea continua supone una infracción grave y se sanciona con 200 euros de multa. No resta puntos siempre y cuando la maniobra no haya puesto en peligro a otros usuarios, pero de lo contrario la cuantía puede ascender hasta los 500 euros, con resta de 4 o 6 puntos del carnet.

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