Conducir con chanclas, descalzo o sin camiseta puede suponerte una multa de tráfico, y esta es la razón

El verano y las vacaciones ya están aquí: más allá del viaje para llegar al destino de descanso, es habitual realizar trayectos en coche hacia la playa, la piscina, pantano o cualquier lugar de refresco. Y se puede tender a no ir vestido correctamente o no llevar el calzado adecuado para conducir. Pues cuidado, porque nos pueden multar por ello.

Ponerse a los mandos de un coche con chanclas, o incluso descalzo, sin camiseta o utilizando una toalla para no mojar el asiento son algunas de las situaciones habituales cuando piscina o playa entran en la ecuación.

Y aunque la ley no lo prohíbe expresamente, sí que va en contra de algunos preceptos contemplados en el Reglamento General de Circulación, recogido en el Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre, por lo que es susceptible de sanción si un agente de Tráfico así lo considera en caso de vernos envueltos en un percance, incidente o, en el peor de los casos, accidente.

Cuidado con ir con los pies al aire...

Ponerse al volante con un calzado adecuado es siempre recomendable, pues puede no hacerlo puede suponer no gobernar el coche como se debiera y derivar en accidente. Y las chanclas no son buenas compañeras: al no estar sujetas al pie se pueden soltar fácilmente y quedarse debajo de los pedales o engancharse a ellos.

Así, dado que se pueden dar estas situaciones, se estarían incumpliendo algunas exigencias de la normativa de circulación como los artículos 3.1, 17.1 o 18.1.

Por ejemplo en el Artículo 3.1 se especifica que "se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno" a fin de no comprometer la seguridad de los ocupantes del coche y del resto de usuarios de la vía. Además de que "queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario".

Por otro lado, el 18.1 señala que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción", de nuevo para garantizar la seguridad. Y asimismo el 17.1 estipula que " los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos".

Y esto puede sancionarse, como recuerda la DGT, con una multa de 80 euros si el agente considera que afecta a la seguridad porque este tipo de calzado, en reglas generales, no permite manejar bien los pedales.

Lo mismo puede juzgar el policía en caso de ir descalzo, ya que el pie puede resbalar por ejemplo al frenar o al acelerar, lo que a la postre se traduce en no controlar el vehículo adecuadamente.

En definitiva, conducir con chanclas o descalzo es una imprudencia y un agente puede interpretar que se trate de negligencia al volante. Aunque a grandes rasgos es hacerlo con cualquier calzado que no sea adecuado: como con sandalias, zapatos de tacón o plataforma o botas camperas, entre otros.

En términos generales el calzado ideal para conducir es aquel cuya suela no resbale sobre los pedales y proporcione una correcta adherencia, así como que no tenga elementos que puedan engancharse o que no sea demasiado grande o pesado.

Conducir sin camiseta no es buena idea

Otro clásico de los trayectos playeros es el de ponerse al volante sin camiseta. Y también puede incumplir algunos de los artículos mencionados, pues tan importante es ir bien calzado como vestir las prendas adecuadas para la conducción.

Por ejemplo el cinturón puede rozar la piel, produciendo hasta quemaduras en último término. Así, no no estaríamos evitando daños en nuestro cuerpo (3.1), además de que podría desviar la atención de la carretera (18.1), por ejemplo al moverlo repetidamente para evitar la fricción en un punto dado.

Si el cinturón ya puede molestar al rozar el cuello (aunque en general se puede evitar ajustando correctamente el asiento o el propio cinturón) o el tórax al llevar una camiseta de tirantes, más lo hace si no hay tela alguna que proteja nuestra piel.

Además, al ir sin camiseta, se tiende a sudar directamente sobre el respaldo del asiento del coche, lo que se agrava con los tapizados en cuero pues la piel puede adherirse a ellos. Ello deriva en que el conductor tienda a moverse constantemente, ya que resulta molesto. Y eso igualmente puede suponer perder la concentración (18.1).

En definitiva, al incumplir estos preceptos, un agente podría considerar que puede aplicar una multa en este caso que, asimismo, sería de hasta 80 euros.

La toalla en el coche y el "efecto submarino"

Poner la toalla sobre el asiento para evitar mojarlo es otro de los habituales ya que al volver de la playa el bañador aún puede estar húmedo. Lo ideal es esperar a que se seque y no apurar demasiado el último baño, o cambiarnos en su defecto, pero no siempre se cumple, ya sea porque no tenemos lugar para hacerlo o hacerlo dentro del coche resulta incómodo.

Sea como fuere, es preferible mojar el asiento a poner una toalla, pues puede derivar en lo que se denomina como efecto submarino. Este básicamente supone cargarse la eficacia del cinturón y acabar deslizándose por el asiento en caso de accidente o colisión.

Es decir, que al conducir sentados sobre una toalla se pierde adherencia con el asiento, lo que puede ocasionar que el cuerpo se deslice por debajo del cinturón en caso de accidente o incluso un frenazo brusco.

En definitiva, el cinturón no realiza correctamente su función y se puede impactar con el volante o los pedales, pudiendo ocasionar heridas de gravedad.  Y lo mismo se aplica al resto de ocupantes del vehículo, que podrían impactar contra el salpicadero o los asientos delanteros.

El efecto submarino se puede dar no solo con toallas, también con cojines, almohadones o si se lleva el chaleco reflectante colocado sobre el respaldo. A la postre incumple por tanto el artículo 3.1, así como el 18.1, y puede ser motivo de multa si así lo valora el agente.

En general en la conducción el sentido común es siempre perfecto compañero independientemente de lo estipule el reglamento. Aunque uno de los principios básicos del derecho es que si no está prohibido es legal, si compromete la seguridad al volante, lo recomendable es evitarlo.

Además, dado que estas actuaciones dependen de la interpretación del guardia civil o agente de turno, en segundo término supone evitar una multa. Asimismo, en caso de que provoquemos un accidente, o nos veamos envueltos en él, se puede considerar negligencia por parte del conductor.

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