Las ITV quieren obligar a tener la inspección en regla para contratar o renovar el seguro del coche

La patronal de la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) ha solicitado al Gobierno medidas legislativas y más control para evitar el absentismo en las inspecciones en España que, según este organismo es uno de los más elevados de Europa.

Entre las propuestas se destaca la de exigir por ley tener la ITV en regla a la hora de contratar o renovar el seguro del coche o vehículo, además de más control y campañas de información y concienciación sobre la importancia de pasar la inspección.

Condición obligatoria para el seguro y más vigilancia

Así lo ha trasladado el presidente de AECA-ITV, Alejandro Pastor, y otros miembros de la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), en una reunión con el Juan José Matarí, presidente de la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados.

En definitiva, solicitan un mayor intervencionismo por parte del Estado para asegurar que se cumplan las inspecciones, mostrando su preocupación ante el elevado número de conductores que no pasa esta revisión obligatoria o, más concretamente, lo hace fuera del plazo estipulado.

Las propuestas presentadas se articulan en tres frentes:

-  Exigir por ley la obligatoriedad de tener la ITV en vigor a la hora de contratar o subrogar un seguro. De hecho, al revés ya se exige, pues al acceder a la inspección se comprueba que el vehículo esté asegurado.

- Más control por parte de las autoridades (Guardia Civil de Tráfico, policía autonómica y local) a fin de detectar los vehículos que circulen sin la ITV en regla, por ejemplo mediante las cámaras de vigilancia de la DGT (éstas ya controlan por ejemplo el uso del cinturón y las distracciones al volante).

- Transmitir y concienciar a los conductores mediante campañas de información de la importancia de realizar este trámite, además de incluirlo en los cursos de seguridad vial que imparte la DGT y otros organismos de seguridad y administraciones.

Estas tres medidas propuestas contribuirían según la patronal a reducir este absentismo en una gestión que, defienden, contribuye notablemente a la reducción de la siniestralidad en carretera.

Así lo argumentan señalado un reciente estudio de la Universidad Carlos III de Madrid, realizado en colaboración con AECA-ITV, que concluye que las inspecciones evitan al año 17.700 accidentes, 12.100 heridos y 539 víctimas mortales.

En el mismo además se postula que si los conductores pasaran la ITV cuando toca, se habrían evitado cerca de 8.800 accidentes, más de 7.000 heridos y 161 fallecidos. La AECA-ITV asegura que el incumplimiento de esta norma ha llegado a registrar picos de entre el 40 y 50 %.

Hasta 3.585 euros en multas

De las tres medidas presentadas, la más llamativa es la relacionada con el seguro, al menos el obligatorio, que tienen que tener todos los vehículos contratado y en regla incluso si no están en circulación. No en vano, supondría un importante montante para el bolsillo de los posibles infractores.

Según el Real Decreto Legislativo 8/2004, que recoge la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, en su Artículo 2:

Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio y la responsabilidad civil.

Incumplir esta norma está penado con una multa de entre 601 y 3.005 euros, cuantía que depende del tiempo en el que no se tenga contratado el seguro, la reiteración de esta infracción o la gravedad del posible prejuicio causado en caso de accidente o percance.

De esta manera, si para poder renovar o contratar el seguro se pasa a exigir tener la ITV, incumplir este precepto sumará estas sanciones a las propias de circular sin la inspección técnica pasada en plazo.

Y en su caso, como se especifica en el apartado o) del Artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial, supone una infracción grave:

Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.

Esta falta está penada con 200 euros, aunque no acarrea la resta de puntos del carnet de conducir, y se aplica en caso de tener la ITV caducada o desfavorable.

En adicción, circular sin la pegatina ITV (distintivo V-19) colocada en el lugar indicado para ello, está contemplado como infracción leve y se castiga con 80 euros.

Es decir, que si la medida propuesta pasa a ser obligatoria estaríamos hablando de que los infractores se enfrentarían a multas de hasta entre 881 y 3.285 euros.

Mayor sería la sanción en el caso de que se circule con un vehículo cuyo resultado haya sido negativo en la última inspección, veredicto que se aplica cuando se considera que las deficiencias detectadas pueden poner en riesgo la seguridad.

En este caso se trata de una infracción muy grave y acarrea una sanción de 500 euros (sin opción a pronto pago), aunque tampoco supone la detracción de puntos.

Así, las sanciones en conjunto podrían ascender ene este caso a los 1.181 y hasta los 3.585 euros, si se incluye también no llevar el distintivo.

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