
Con la reforma del Reglamento General de Circulación se hace obligatorio desde el 1 de octubre formar un pasillo o corredor de emergencia en el momento en el que la circulación se detiene
El 1 de octubre entraron en vigor una batería de medidas que modifican el Reglamento General de Circulación y que afectan a conductores, a ciclistas y peatones. Por ejemplo, cambia la norma para adelantar a ciclistas y también para los motoristas, que podrán adelantar por el arcén cuando hay atascos en autovía o carretera convencional.
Pero hay algo que llevamos viendo muchos años en países como Alemania, Luxemburgo, República Checa o Austria y por alguna razón no era obligatorio en España: hacer un pasillo de emergencia cada vez que hay un atasco.
La vía central de circulación tiene que estar libre haya o no haya accidentes
Se les conoce como corredores de emergencia o de rescate, o Rettungsgass. En países como Alemania el carril de emergencia no tiene que crearse únicamente en caso de siniestro vial, también en caso de atasco o inmediatamente en el momento en el que el tráfico comienza a pararse. Es una cuestión de vida o muerte para alguien que necesita asistencia médica.
Pero alguna razón en España esta norma no era obligatoria: el artículo 31 solo exigía facilitar el paso a los vehículos prioritarios cuando estos se aproximaran haciendo uso de sus señales acústicas o luminosas. Y sabemos bien que ni a veces con esas los conductores se apartan.
Pero con la reforma del Reglamento General de Circulación se hace obligatorio desde el 1 de octubre formar un pasillo o corredor de emergencia en el momento en el que la circulación se detiene o ralentiza en autopistas, autovías o vías de circunvalación. Es decir, no hay que esperar a ver u oír a un servicio de emergencia.
Así lo recoge la DGT:
En caso de retención, cuando los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos, deberán orillarse para dejar espacio libre para un carril de emergencia que permita el paso de servicios prioritarios.
Vías de 2 carriles: los vehículos se orillan a ambos lados dejando espacio central libre.
Vías de 3 carriles: el carril izquierdo se orilla a la izquierda y el central y derecho se orillan a la derecha (el espacio libre se abre entre el carril izquierdo y el central).
Multas por no crear el pasillo de emergencia en una retención
No atender a este precepto está catalogado como una infracción grave por el Reglamento General de Circulación y la multa es de 200 euros y la detracción de 4 puntos del carné de conducir si la acción dificulta u obstaculiza directamente la marcha de los vehículos prioritarios en servicio de urgencia.
Si la conducta entorpece gravemente la asistencia o genera una situación de peligro inminente, puede tipificarse como infracción muy grave, con sanciones de hasta 500 euros y la retirada de 6 puntos.
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