En unas semanas, entra en vigor el seguro obligatorio para los llamados vehículos de movilidad personal, donde entra la mayoría de patinetes eléctricos
La nueva póliza será similar a un seguro de coche y exigirá que el patinete esté registrado en la DGT
Durante años, el patinete eléctrico ha vivido en una especie de limbo legal: un vehículo de uso masivo sin las obligaciones del resto del tráfico. Mientras aumentaban las ventas (y los accidentes), España acumulaba un parque estimado en cinco millones de patinetes sin seguro obligatorio ni registro, según la Federación Española de VMP, y sin una forma clara de proteger a las víctimas cuando había un atropello o una colisión.
El resultado: reclamaciones civiles interminables y conductores que, al no tener seguro, se declaraban insolventes. La Administración llevaba años preparando el cambio y finalmente lo ha concretado: desde el 2 de enero de 2026, todos los patinetes que entren en la categoría legal de vehículo personal ligero deberán tener un seguro obligatorio, tal y como establece la Ley 5/2025 publicada en el BOE, que modifica la Ley de Seguros de Automóviles para incluir a estos vehículos.
El patinete entra en la misma liga que el resto de vehículos
La reforma define exactamente lo que es un vehículo personal ligero (VPL), por primera vez: según el BOE, son “vehículos con uno o más motores eléctricos, una sola plaza, y una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h si pesan menos de 25 kg”, o entre 6 y 14 km/h si superan ese peso. Esto engloba a casi cualquier patinete eléctrico moderno, lo que lo convierte oficialmente en un vehículo con obligaciones y responsabilidades propias.
La ley también apunta a un problema que ya señalaban las policías locales: las modificaciones ilegales. Muchos usuarios eliminan el limitador o alteran la batería para superar ampliamente los 25 km/h, así que hay unidades que circulan a más de 60 km/h, según fuentes policiales. Con la nueva regulación, cualquier patinete que supere las características técnicas será considerado vehículo no homologado y podría quedar directamente fuera de circulación.
En cuanto a coberturas, el seguro obligatorio para patinetes será muy similar al de cualquier turismo. Concretamente, el BOE establece unas coberturas mínimas de 6,45 millones de euros en daños personales y 1,3 millones en daños materiales. Son cifras altas, pero tienen sentido: un atropello a un peatón o un impacto contra un vehículo puede generar indemnizaciones elevadas que, hasta ahora, dependían del bolsillo del conductor.
Además, la póliza incluirá también defensa jurídica y fianzas, y en situaciones extremas intervendrá el Consorcio de Compensación de Seguros, que indemnizará a la víctima cuando no haya póliza, cuando la aseguradora sea insolvente o cuando el daño se produzca de forma deliberada. Después reclamará el importe al responsable, como ya ocurre en accidentes con coches sin seguro.
Cuánto costará asegurar un patinete eléctrico y qué póliza elegir
Aunque la obligación llega en 2026, las aseguradoras llevan tiempo preparándose. Hoy, los precios se mueven entre 20 y 100 euros al año, según compañía y coberturas. A día de hoy, estas son las coberturas más habituales según la oferta de las aseguradoras, que permiten entender cómo se estructuran las pólizas:
- Póliza básica: incluye la responsabilidad civil (que será obligatoria), además de defensa jurídica y fianzas, tal y como ya ofrecen los seguros voluntarios disponibles.
- Póliza intermedia: añade servicios como asistencia en trayectos urbanos, una cobertura que varias compañías han incorporado siguiendo el modelo de los seguros de bicicleta y ciclomotor.
- Póliza completa: suma protecciones como daños propios, robo e incluso valor de nuevo durante los primeros meses de vida del patinete, algo que ya aparece en las ofertas más avanzadas.
- Póliza familiar o multi-vehículo: permite asegurar varios patinetes en un mismo contrato, una modalidad pensada para familias o convivientes que comparten varios VMP.
En 2026, lo mínimo será contar con la cobertura obligatoria. A partir de ahí, cada usuario podrá ampliar la póliza según su uso: desde trayectos cortos hasta un uso intensivo diario. En el caso de los riders, sindicatos como UGT ya han anunciado que pedirán a las plataformas que asuman parte del coste del seguro y del registro.
Registro obligatorio en la DGT y requisitos para poder contratar el seguro
El seguro no será el único cambio importante. Para contratarlo, el patinete tendrá que estar identificado y homologado, según el nuevo marco establecido por el Gobierno y la DGT. Desde 2024, los modelos nuevos ya deben cumplir el Manual de Características Técnicas de los VMP, llevar certificado de circulación y estar preparados para su inscripción. Los modelos antiguos han tenido un periodo de adaptación, aunque muchos no podrán homologarse y dejarán de poder circular.
La DGT deberá tener listo antes del 2 de enero de 2026 el Registro de Vehículos Personales Ligeros, en el que deberá inscribirse cada patinete con un número identificativo y una etiqueta visible (similar a una pequeña matrícula). Este será imprescindible: sin él, ninguna aseguradora podrá emitir la póliza obligatoria.
Desde el 2 de enero de 2026, circular sin seguro en patinete será equivalente a hacerlo en un coche sin póliza: multa, inmovilización del vehículo y anotación en el sistema de vehículos no asegurados. Las sanciones podrán llegar a 1.000 euros, dependiendo del caso.
Imágenes | DGT, Spin, Unsplash
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