Madrid podría poner multas por no apagar el motor del coche

Yo lo siento en el alma porque últimamente no hablamos más que de sangrías económicas para el conductor, pero nos ha llegado el proyecto inicial de reforma de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid y en él se dice que “el conductor deberá apagar el motor desde el estacionamiento, aun cuando permanezca en el interior del vehículo” y que si no, habrá multas de hasta 100 euros.

Quedan excluidos de esa norma los vehículos eléctricos y los “eléctricos enchufables” (sic), además de los prioritarios (bomberos, ambulancias, Policía y Protección Civil), aunque todos ellos deberán estar acreditados por el Ayuntamiento, siguiendo la línea del Plan Nacional de Mejora de la Calidad del Aire.

Llama la atención que se hable de vehículos estacionados y no de vehículos inmovilizados. El matiz viene por si en una retención de tráfico habría que apagar el motor, y parece ser que no; sin embargo, sí que habría que desconectarlo al permanecer apartado de la circulación por un tiempo de dos minutos o más. Personalmente, creo que hay un error en la redacción del documento, porque si no, no se entiende.

Por si hay alguien que no lo recuerda, hablamos de “inmovilización” siempre que el vehículo no se mueve (obvio, sí), y esta inmovilización puede venir dada por múltiples causas, y todas ellas están recogidas en el temario oficial que se emplea en España para la obtención del permiso de conducir.

En una retención no sería obligatorio parar el motor

Si la inmovilización es producto del tráfico, de una emergencia, de la imposición de un agente o de tener que cumplir con un “precepto reglamentario”, hablamos de “detenciones”. Luego está la “parada”, que el conductor realiza voluntariamente por tiempo inferior a dos minutos y, a la vez, sin abandonar el vehículo; y luego, todo lo que pase de ahí, es “estacionamiento”.

Bien, pues en la reforma de la ordenanza de Madrid se habla de apagar el motor solamente en los estacionamientos, así que no compete ni a los semáforos eternos ni a los follones habituales en las calles madrileñas. Según está redactado el proyecto, la obligación sólo afectaría a aquellos conductores que estén orillados dentro del coche esperando a que venga su acompañante de comprar el pan.

Por otra parte, si la reforma sale adelante, y parece ser que saldrá, habrá que apagar el motor, y con él se apagarán todos los sistemas que cuelgan de la electrónica del vehículo. Sí, el aire acondicionado también. Será interesante ver cómo se desarrolla todo esto en pleno mes de agosto, cuando calienta el sol de lo lindo en la capital de España.

También será interesante ver cómo se comprobará el tiempo que media entre que el vehículo queda estacionado y que el agente de Policía encargado de velar por el orden y la movilidad de la ciudad llama la atención del conductor que, desde dentro de su jaula de cristal, asistirá a una de las actuaciones más estupefacientes (primera acepción, que es un adjetivo) que se pueden dar.

- Buenos días.
- Buenos días, agente.
- Le voy a tener que poner una sanción por no apagar el motor, que lleva usted 2 minutos y 1 segundo aquí estacionado echando humo y eso no puede ser, que hay que luchar contra la contaminación.
- Ah, ya decía yo que me observaba usted con una extraña y maléfica sonrisa mientras le echaba miraditas sibilinas al reloj, pero no entendía nada…
- Sí, mire, cosas de la Ordenanza Municipal. ¿Me permite la documentación?
- Claro, faltaría más. Y digo yo, si esto es por los humos, ¿no me podía haber avisado antes de que pasaran los minutos, y ya habría apagado antes el motor y habría contaminado menos?

Que el medio ambiente y la salud hay que protegerlos, creo que eso nadie lo pone en duda. Que el consumo del motor a ralentí produce unas emisiones que bien se pueden evitar, yo creo que tampoco habrá quien lo cuestione. De 0,5 a 1 litro de carburante quemado por hora, más o menos y dependiendo del caso, no sólo es dinero que se quema, sino humos de toda clase que si son evitables, bueno es que se eviten.

En el proyecto inicial de reforma de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid se da ese margen de dos minutos, que sirve para compensar los desgastes que sufriría el motor de arranque por la reiteración de su uso. Normalmente se considera que en una detención que supere el minuto ya sale a cuenta apagar el motor.

Sin embargo, la noticia de la multa… duele un poco, ¿verdad? ¿Es necesario recurrir a la amenaza para que surtan efecto estas medidas o por el contrario sería más recomendable lanzar primero una campaña de concienciación? Claro, que lo segundo cuesta dinero y lo primero lo aporta, pero…

Vía | Circula Seguro
Foto | tnarik, Circula Seguro (II, III)
En Motorpasión | Amenaza de peaje para las autovías autonómicas de Madrid
En Motorpasión Futuro | Pegatinas de colores para identificar a los más contaminantes

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