La reforma de la Ley de Seguridad Vial se ceba con los más infractores

Si el Congreso aprueba finalmente la reforma que se está planteando, se avecinan tiempos oscuros para los que hasta ahora se estaban yendo de rositas aprovechando los agujeros en el sistema. También vaticino una época de grandes lluvias motivadas por las secrecciones lacrimales de algunos que confunden impunidad con libertad.

Los puntos clave son un endurecimiento de las multas por exceso de velocidad y que se penaliza más eludir la vigilancia de los agentes. Se buscará también cobrar todas las multas que sean posibles y reducir la picaresca en la identificación de conductores. El 30% de las multas de la DGT no se cobran actualmente.

Aquellos que tengan dos o más sanciones graves, ni podrán renovar el permiso de conducir, ni vender su coche, ni otras concesiones administrativas. A los más cafres se les inmovilizará el vehículo, y si en dos meses no pagan podría llegar a achatarrarse su vehículo.

Vamos a ir por partes, ya que la reforma abarca varios puntos y no quiero marearos mucho.

Velocidad

Cuando los radares empezaron a funcionar, se tenía más manga ancha. En una zona limitada a 120 Km/h se podía ir a 140 Km/h sin sanción, luego lo rebajaron a 133 Km/h. Pues con la reforma, ni eso, aumenta el celo de la vigilancia y se eliminan los tramos de exceso sin sanción. No estoy para nada de acuerdo, pues un exceso de velocidad tan bajo es ridículo multarlo, es una jodienda para el ciudadano que no es infractor habitual.

En teoría, 121 Km/h reales en autovía serán sancionables. Por ende, los excesos actuales se sancionarán de forma más dura todavía. 80 Km/h en una vía limitada a 50 Km/h se sanciona hoy día con 100 euros, si se aprueba la reforma, 300 euros y pérdida de dos puntos.

Dejan de restar puntos

Ya no será motivo de pérdida de puntos aparcar en un carril bus, una curva o un túnel, pero se sancionará de forma económica con 200 euros y se considerará como falta grave. Si circulamos por autopista con un vehículo no autorizado (como un ciclomotor o microcoche) o la ocupación de pasajeros es excesiva, tampoco habrá pérdida de puntos.

Circular con el permiso retirado

Si somos sorprendidos con una retirada temporal del carnet e íbamos conduciendo, nos exponemos a una multa de 200 euros y una retirada de cuatro puntos del carnet. Si se han perdido todos los puntos o la retirada del permiso es firme, si nada cambia, como hasta ahora: delito con pena de cárcel asociada.

Distancia de seguridad

Actualmente, no respetar la distancia de seguridad se sanciona con tres puntos, pasará a sancionarse con cuatro. Esta medida me parece positiva siempre y cuando los agentes de Tráfico le pongan más celo en la vigilancia, pues es una forma de aumentar bastate las probabilidades de accidente.

Antiradares y legibilidad de matrículas

En el país de la picaresca han aflorado multitud de soluciones para evitar las multas, y conscientes de ello, la mano dura se pone aún más dura. Los conductores estarán obligados a llevar la matrícula legible, aunque no se exigirá que se pueda hacer la prueba del algodón. Echar laca, poner cinta aislante, tenerla llena de barro… será motivo de sanción.

Asímismo aquellos que sean sorprendidos con detectores de radar (no GPS que avisan de ellos) no perderán dos puntos, perderán seis. Eso no es todo, ya que además de perder seis puntos, se retirará el permiso de conducir durante tres meses y la multa será de 6.000 euros.

La rentabilidad de este tipo de aparatos va a ser bastante cuestionable como se apruebe ese apartado. Además, los talleres que se dedican a montarlos de forma oculta podrán recibir multas de 3.000 a 30.000 euros.

Conclusión

Me parece positivo que los que tienen más peligro sean apartados de la circulación y que los que quieren estar fuera del sistema sean más perseguidos, pues dejémonos de demagogia, si te pones un detector de radar no es para evitar multas a 134 Km/h, es para evitar multas de las gordas.

De todos modos, ¿qué sentido tiene permitir la venta de esos aparatos y sin embargo no permitir su uso? Para eso que los prohiban directamente incluso en las tiendas. Claro, que eso no depende de Tráfico.

Eso sí, no entiendo por qué rebajan la importancia de aparcar en una curva o un túnel, deberían haberlo dejado como estaba. Lo de aparcar en un carril bus no entraña un riesgo en sí para la seguridad, pero supone una notoria molestia para los usuarios del transporte público. Lo de no quitar puntos por entrar en una autopista con un cuadriciclo sinceramente no lo comprendo.

En cuanto a la desaparición del margen de velocidad que no se sancionaba, estoy completamente en desacuerdo. Un exceso pequeño es alcanzable con relativa facilidad aun yendo pendiente del velocímetro constantemente y siendo un conductor ejemplar. Yo mismo entraría en cólera con una multa de 100 euros por un exceso de menos de 10 Km/h en una autovía. Espero que esa parte no salga adelante.

NOTA: Estas medidas no han sido aprobadas todavía, se encuentran en fase de tramitación parlamentaria y están sujetas a cambios. Os informaremos cuando sean aprobadas con todo lujo de detalles.

Sus señorías ya empezaron sus vacaciones, de modo que hasta principios de Enero no habrá avance alguno en su tramitación, podría hacerse efectiva antes de 2010.

Fotografía | Javier Costas, AntiRadary.NET
Fuente | El País (I, II)

También te puede gustar

Portada de Motorpasión

Ver todos los comentarios en https://www.motorpasion.com

VER 56 Comentarios