Europa quiere frenar la fuga de coches viejos y obligará a demostrar que todo vehículo usado sigue siendo apto antes de venderse
El reglamento ya está sobre la mesa y apunta a un futuro a corto plazo con menos coches “chatarra”
Desde el pasado mes de junio, la Unión Europea está gestando una de las reformas más profundas en materia de economía circular de los vehículos, y su impacto podría sentirse además de en cada compraventa de un coche usado, en la renovación del parque móvil del Viejo Continente, que cuenta con media de edad de 12,3 años según datos de la ACEA (Asociación Europea de Fabricantes de Automóviles).
En concreto, el nuevo Reglamento sobre Vehículos al Final de su Vida Útil (VFU o ELV) sustituirá a la directiva vigente desde el año 2000 y busca principalmente un objetivo: que ningún coche circule ni se exporte, cuando en realidad ya debería haberse retirado de la circulación.
Un documento nuevo en cada compraventa: cómo funcionará
El Consejo de la Unión Europea adoptó su posición general el 17 de junio de 2025, y desde octubre se negocia con el Parlamento en los llamados “trílogos”. Por tanto, aún no hay una fecha definitiva de entrada en vigor, pero el consenso político ya está marcado: toda transferencia de propiedad deberá acompañarse de una prueba de que el coche sigue siendo apto para circular.
¿Cómo piensa hacerlo Bruselas? La UE quiere que cada cambio de titularidad, ya sea una venta nacional o una exportación, incluya un documento que certifique que el vehículo no está al final de su vida útil. Según el texto del Consejo, hay dos posibles vías:
- ITV en vigor en el momento de la venta, que equivale al roadworthiness certificate reconocido por la normativa europea: es decir, el documento que demuestra que el coche ha pasado la inspección técnica y es apto para circular.
- Evaluación técnica independiente, realizada por un experto autorizado conforme al Anexo I del reglamento, que establece una serie de criterios sobre el estado estructural y funcional del vehículo (carrocería, bastidor, sistema de frenos, emisiones, etc.). En la práctica, sería un informe pericial que determine si el coche sigue siendo seguro y reparable o, por el contrario, debe considerarse un vehículo fuera de uso.
El espíritu de la medida no es “castigar” al vendedor, sino garantizar que un coche que cambia de manos sigue siendo seguro y funcional. Pero también implicará más burocracia y, en algunos casos, un coste adicional si el vehículo no tiene la ITV en vigor.
Exportaciones bajo lupa: aduanas más estrictas y papeles extra
Con esta medida, Bruselas también quiere poner orden en el destino de los coches que abandonan el continente. Cada año desaparecen cientos de miles de vehículos que no llegan a un centro de tratamiento ni se dan de baja oficialmente: muchos acaban en países terceros, vendidos como usados cuando en realidad son chatarra sobre ruedas.
El nuevo reglamento prevé controles aduaneros reforzados y la posibilidad de suspender el despacho de exportación hasta que el vendedor demuestre que el coche tiene un comprador real y está destinado a usarse, no al desguace. Para ello se exigirán contratos, facturas y certificados para acreditar que el vehículo sigue siendo funcional. En palabras del propio Consejo, se trata de “cerrar el círculo del reciclaje y evitar fugas ambientales”.
España parte con ventaja, pero tendrá que adaptarse
En España, el Real Decreto 265/2021 ya regula la gestión de los VFU y la baja de vehículos a través de los Centros Autorizados de Tratamiento (CAT). Hoy, para vender un coche usado basta con tener la ITV al día y notificar la venta a la DGT. No se exige ningún certificado adicional.
Si el reglamento europeo se aprueba en los términos actuales, el Ministerio para la Transición Ecológica y la DGT deberán adaptar los procedimientos nacionales. Lo más probable es que una ITV válida siga siendo suficiente, aunque podrían introducirse peritajes independientes en casos específicos, como ventas sin ITV o exportaciones fuera de la UE.
Para los profesionales, implicará más trazabilidad documental: cada operación deberá incluir prueba de aptitud o certificado de evaluación. Aún faltan piezas por encajar en las negociaciones entre el Consejo y el Parlamento Europeo: definir las fechas exactas de aplicación, qué autoridad validará a los expertos independientes y cómo se armonizarán los controles dentro del mercado único. Hasta entonces, la norma sigue en trámite.
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