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¿Qué tengo que hacer si me ha caducado el carnet de conducir y vivo fuera de España?

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Los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística muestran que ya son 2.305.030 españoles los que residen en el extranjero. Los países con más presencia de residentes españoles son Argentina con 439.236, Francia con 232.693 y Venezuela con 188.025, les siguen Alemania, Cuba, Brasil y Estados Unidos.

Esta cifra se ha doblado desde 2010 y sigue creciendo año tras año. La emigración supone uno de los principales motivos de la pérdida de población en nuestro país junto con el descenso de la natalidad.

Mantener toda la documentación en regla y actualizada para estas personas puede resultar algo más complicado, ya que por una parte está la correspondiente al país en el que viven y por otra la española, que en función de los intereses o expectativas de cada uno se mantendrá o no.

El permiso de conducir es un documento que genera muchas dudas, tanto para los residentes habituales en otros países, como para los que viajan esporádicamente, con la ayuda de renuevatucarnet.com vamos a tratar de aclarar todas las dudas posibles.

¿Puedo circular con mi carnet de conducir en todo el mundo?

Depende de que parte del mundo estemos hablando. La situación no es la misma si viajas a un país de la Unión Europea que si lo haces fuera de ella, las condiciones también varían en función de si tu estancia es temporal o permanente.

FUERA DE ESPAÑA ÚNICAMENTE ESTÁ RECONOCIDO EL CARNET DE CONDUCIR DEFINITIVO, LOS CERTIFICADOS PROVISIONALES NO ESTÁN RECONOCIDOS

Si vas como turista a uno de los 27 estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), puedes conducir con tu permiso español sin problemas, pero ten en cuenta que las autorizaciones temporales para conducir que la DGT o los centros de reconocimiento médicos emiten al renovar el carnet no se reconocen en otros países de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE), lo que supone que es imprescindible estar en la posesión del permiso de conducir definitivo para poder circular en estos países.

Si vas a viajar a un país fuera de la UE y del EEE, debes disponer del Permiso de Conducir Internacional. Este tiene una validez de un año y sirve para conducir temporalmente por el territorio de países que no sean miembros de la Unión Europea y que no hayan adoptado el modelo de permiso previsto en los Convenios de Ginebra o Viena. Para obtener el permiso de conducir internacional es imprescindible tener el carnet de conducir español en vigor.

¡Me voy a vivir al extranjero!

En el caso de que fijes tu residencia permanente fuera de España, debes saber que una vez allí, quedas sometido a las disposiciones de ese país relativas al período de vigencia, los controles de aptitudes psicofísicas y las sanciones en caso de infracción. El carnet de conducir español se puede canjear en todos los países de la UE o del EEE y en los países con convenio bilateral de canje.

Los países con convenio de canje son los siguientes: Andorra, Corea, Japón, Suiza, Mónaco, República Argelina Democrática y Popular, República Argentina, República de Bolivia, República de Chile, República de Colombia, República de Ecuador, Reino de Marruecos, República de Nicaragua, República de Perú, República Dominicana, República de Panamá, República de Paraguay, República de Uruguay, República Bolivariana de Venezuela, República Federativa de Brasil, República de El Salvador, República de Filipinas, República de Guatemala, República de Serbia, República de Turquía, Túnez, Ucrania y Macedonia.

Si has fijado tu residencia en un país fuera de UE, del EEE o en un país que carece de convenio de canje deberás obtener allí el permiso de conducir si quieres circular en ese país ya que quedas sometido a las disposiciones de esa nación relativas al período de vigencia, los controles de aptitudes psicofísicas y las sanciones en caso de infracción.

¿Qué ocurre si vivo en el extranjero y me ha caducado el carnet?

El permiso de conducir se puede renovar hasta tres meses antes de la fecha de caducidad o estando caducado ya, independientemente del tiempo que lleve caducado. Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.

Para renovar el permiso si te encuentras en el extranjero la DGT recomienda cursar la solicitud a través de las representaciones diplomáticas o consulares, aunque también puede hacerse remitiendo a cualquier Jefatura Provincial u Oficina Local de Tráfico la siguiente documentación:

  • Talón-foto debidamente cumplimentado y firmado, con una fotografía. Se puede solicitar en la representación diplomática o consular.
  • Informe de aptitud psicofísica que será expedido por un médico del país donde se encuentre el interesado y visado por la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en dicho país con una fotografía reciente del solicitante. Deberá especificar la aptitud para la conducción.
  • Copia del resguardo del pago de la TASA IV.3. El pago de la tasa puede realizarse a través de Internet o mediante transferencia bancaria por el importe exacto en euros a la Jefatura Central de Tráfico.
LA RENOVACIÓN SE PUEDE REALIZAR A TRAVÉS DE LAS OFICINAS CONSULARES EN CADA PAÍS O EN ESPAÑA DIRECTAMENTE EN LAS JEFATURAS DE TRÁFICO O EN LOS CENTROS DE RECONOCIMIENTO

La renovación en el acto únicamente se puede realizar en España. Resulta la forma más rápida y en el caso de que viajes a España puedes aprovechar para hacerlo. Aquí tienes dos opciones, lo puedes renovar en uno de los centros de reconocimiento de conductores, aportando un documento de identidad en vigor y el carnet de conducir. Es muy importante que todos los datos que figuran en la documentación coincidan ya que como nos indican desde renuevatucarnet.com cambios en el orden de apellidos o nombres por ejemplo darían lugar a otros trámites que retrasarían la renovación.

Otra opción es mediante cita previa, acudiendo a la Jefatura Provincial de Tráfico (aportando un documento de identidad en vigor, carnet de conducir, informe de aptitud psicofísica telemático y el justificante de pago de la tasa). Tanto si lo renueva en un centro de reconocimiento de conductores como si lo renueva en una Jefatura de Tráfico recibirá en el acto la autorización temporal para conducir.

No importa si tu carnet lleva caducado mucho tiempo, en 2008 entró en vigor una reforma del Reglamento General de Conductores, por la que ya no es necesario examinarse de nuevo (antes era obligatorio a los cuatro años de caducar el carnet), por lo que puedes renovar tu carnet aunque lleve tiempo caducado. Ahora bien, ten en cuenta es que con el carnet de conducir caducado no se puede circular. La multa por circular con el carnet de conducir caducado es de 200 euros.

¿Hay alguna forma de hacer la renovación "on-line"?

La renovación del permiso o la licencia de conducción no es un trámite que puedas hacer desde tu ordenador como ocurre con otros trámites que ya se pueden hacer con el DNI electrónico. Solo lo puedes hacer a través de un centro de reconocimiento de conductores de España, una Jefatura de Tráfico de España (con cita previa) o Misión Diplomática u Oficina Consular de España en el país en el que resides.

¿Qué coste tiene?

Si renuevas el carnet de conducir a través de un centro de reconocimiento de conductores de España o una Jefatura de Tráfico de España tienes que pagar una tasa de 23,50 euros y el certificado médico psicotécnico.

Hay excepciones a esta cantidad: los mayores de 70 años no pagan tasa y cuando por razones médicas la prórroga sea por un plazo inferior al establecido, los precios de las tasas serán las siguientes: hasta 4 años 18,80 euros, hasta 3 años 14,10 euros, hasta 2 años 9,40 euros y 1 año o menos 4,70 euros.

A el coste del pago de las tasas hay que sumar el correspondiente al certificado médico. En este caso el precio varía de 30 euros a 80 euros dependiendo de la provincia y el centro médico, ya que los centros médicos son entidades privadas y por ello se aplica el "libre mercado".

Si renuevas el carnet de conducir a través de la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en el país donde tengas fijada tu residencia permanente o temporal, deberás abonar la tasa anteriormente expuestas junto con los gastos de la transferencia de la tasa y el informe de aptitud psicofísica expedido por un médico del país donde te encuentres (costes según país / centro médico, etc.). A esto se le puede añadir el coste de la traducción oficial al español si el certificado está escrito en otro idioma diferente y el coste de legalización de este, si se lo exigen en la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en el país donde vayas a presentar la documentación.

Fotos: Istock, renuevatucarnet.com

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