Las nuevas señales que estrena Madrid Central y las multas por circular de forma indebida: todo lo que debes saber

Las nuevas señales que estrena Madrid Central y las multas por circular de forma indebida: todo lo que debes saber
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La nueva ordenanza de Madrid Central entrará en vigor la semana que viene, y el Ayuntamiento ya está preparando algunos cambios. Entre ellos se encuentra la instalación de las nuevas señales, que van a empezar a colocarse este fin de semana.

La doble línea roja que marca el perímetro de Madrid Central se mantiene, pero el resto de la señalética -tal y como establece el anexo de la propia ordenanza- cambia de color por el corporativo de Madrid 360 para dar homogeneidad a toda la política de sostenibilidad.

Además, las 115 cámaras que ya están instaladas se mantienen en el Centro pero se colocarán 23 cámaras más en Plaza Elíptica para controlar los accesos. Por otra parte, ya está en marcha la licitación del contrato para instalar 117 dispositivos más en la M-30 para controlar el acceso de vehículos sin etiqueta de fuera de Madrid.

Qué cambia para los conductores con el nuevo Madrid Central

Eliptica

A partir del año que viene “la capital cumplirá la normativa europea en lo que respecta a las bajas emisiones”, o al menos así lo piensa el concejal de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento, Borja Carabante, tal y como ha declarado recientemente. De conseguirlo, será la primera vez que Madrid lo logre.

Fue el propio Partido Popular quien combatió Madrid Central estando en la oposición y después de que fuese suspendido por los tribunales, parecía que Madrid se quedaba sin regulación de la calidad del aire. Pero pese a todos los escollos o las recientes protestas ante el veto a los coches sin etiqueta, la nueva ordenanza ha salido adelante gracias al apoyo de cuatro ex concejales de Ahora Madrid.

No ha sido fácil, puesto que como ha declarado Carabante, han tenido que responder a "casi 8.000 alegaciones de un documento de más de 28.000 páginas" a lo largo de los meses de verano.

Desde el Ayuntamiento de Madrid se han comprometido a ir informando a los madrileños según vayan implantando cada una de las Zonas de Bajas Emisiones. Según Carabante, “se enviarán cartas a cada vecino y a los comerciantes” tanto en el distrito Centro como en Plaza Elíptica, para que conozcan las condiciones.

Además, por ejemplo en la web Madrid360.es, podemos introducir la matrícula de un coche para consultar por dónde se puede o no circular, si se puede entrar o no en las Zonas de Bajas Emisiones o pasar de la M-30. Respecto al distrito Centro, el cambio más reseñable es que ahora contará con 15.000 comerciantes que tendrán las mismas consideraciones que los residentes.

Madrid

Hemos de recordar que la Zona de Bajas Emisiones del distrito Centro entrará en vigor con carácter inmediato al día siguiente de la publicación de la nueva ordenanza tanto en el boletín de la Comunidad de Madrid como en el del Ayuntamiento. Así, a partir de la semana que viene las cámaras no multarán, pero sí podrán hacerlo los agentes de movilidad.

Tal y como se establece en la propia ordenanza, el sistema de cámaras cuenta con dos meses de preaviso (algo que, para el Ayuntamiento, es una forma de calibrar su buen funcionamiento), pero la prohibición de acceso para los vehículos que determina la ordenanza estará vigente desde el día siguiente a su publicación.

En cuanto a la Zona de Bajas Emisiones de Plaza Elíptica, entrará en vigor en diciembre, y su sistema de cámaras también contará con dos meses de preaviso para los conductores. Además, los agentes de movilidad y Policía Municipal podrán sancionar en diciembre y en enero.

A cuánto ascienden las multas en el nuevo Madrid Central

Senal

Las multas para los conductores que no respeten la ordenanza ascenderán por lo general a 90 euros, por tratarse de infracciones leves. Si se abonan en los 20 días naturales desde la notificación de la denuncia, contarán con descuento por pronto pago. Es decir, con una reducción del 50%.

Recordemos que las multas que principalmente podrán imponerse en Madrid Central son:

  • Acceder a Madrid Central con un vehículo sin etiqueta(los diésel matriculados antes de 2006 y gasolina antes del año 2000), salvo aquellos que tengan "motivos excepcionales que lo aconsejan para satisfacer las necesidades del tejido social y productivo de la ciudad", que contarán con un año de moratoria para poder entrar a Madrid Central.
  • Acceder a Madrid Central con un vehículo de mercancías fuera del horario establecido para ello (de 7:00 h a 23:59 h).
  • Acceder con un coche sin etiqueta sin ser residente(no tienen permitido ni aparcar a plazas de garaje privadas ni pueden ser invitados por residentes).
  • Acceder a Madrid central con un vehículo con etiqueta B o C y no estacionarlo en un aparcamiento o garaje.
  • Por estacionar un vehículo sin etiqueta medioambiental en la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).

Respecto al último punto, solo podrán aparcar en las plazas que se encuentren dentro del distrito en que están empadronados, aunque hay excepciones, que son: vehículos comerciales e industriales que ya tenían autorización para estacionar en zonas SER cuando entre en vigor la ordenanza, vehículos auxiliares de apoyo al servicio de transporte público colectivo urbano general de uso regular, vehículos destinados a transportar personas con movilidad reducida y vehículos destinados a servicios esenciales.

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