Desde hoy, 1 de Mayo, es un delito conducir sin carnet, bien por no haberlo obtenido nunca o por tenerlo retirado definitiva o cautelarmente por órden judicial: no hay diferencia.
Acaba de entrar en vigor el artículo 384 del Código Penal, que establece las siguientes penas: prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. La sanción económica será de 720 a 288.000 €. La primera vez, si no tenemos antecedentes, no pisamos la cárcel, pero a la siguiente, sí. Hasta la fecha, conducir sin carnet sólo implicaba una sanción administrativa, había una moratoria para que miles de conductores al margen de la ley regularizasen su situación.
Aprovecho para recordar a los que hacen prácticas de autoescuela gratis que ya no sólo se trata de pagar una multa y de que te impidan sacar el permiso en un tiempo, ahora la cosa está mucho más borde. El Director de la DGT, Pere Navarro (repite cargo), dijo a EFE: “al principio habrá unos cuantos que seguirán conduciendo sin carnet, pero luego con el efecto disuasorio de la Ley desaparecerán, y en seis meses será muy excepcional conducir sin permiso”. Esperemos que sea cierto.
Vía | Yahoo! Coches
En Motorpasión | La reforma del Código Penal en profundidad



Pues si, en cientos de ocasiones los puntos de los carnets que debían ser descontados, se quedaron tan panchos en el carnet de los infractores. Un fallo informático, o sea, un fallo de los diseñadores de la aplicación (las cosas claras) permite a los diferentes ayuntamientos enviar los códigos que, literamente, se inventan para las infracciones, con el resultado de que el programa de la DGT que procesa esa información no los reconoce y los ignora.
El dibujante Martín Morales nos deleita semana a semana en varios medios de información de papel con viñetas a cada cual más irreverente y ácida, mostrando desde un punto de vista crítico la actualidad de la semana o del mes.




