La vigilancia de la circulación en polígonos y urbanizaciones, ¿en manos privadas?

La vigilancia de la circulación en polígonos y urbanizaciones, ¿en manos privadas?
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Lo pregunto porque no lo sé. Ojeo el Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada y veo que los vigilantes de seguridad privada podrán ejercer "en polígonos industriales y urbanizaciones y en sus vías de uso común". Y no sé si eso engloba vigilancia del tráfico, pero entiendo que sí. En cualquier caso, el texto especifica que requerirán autorización previa, como es lógico.

Me llama la atención porque hasta ahora lo legal en la circulación por vías abiertas al tráfico es que sean los servicios públicos, que pagamos entre todos, los que vigilen esas vías y denuncien las infracciones a la ley. Privatizando esta vigilancia, no queda muy claro a qué interés sirven los vigilantes. ¿Qué ocurrirá cuando sufran presiones para renovar su contrato?

Y eso me recuerda a aquella sentencia contra el carácter recaudador de la Guardia Civil, en la que se le quedaron parte de la nómina a un agente... por no multar lo suficiente, dicho en pocas palabras. Si aquello era así en un cuerpo donde los agentes son funcionarios públicos, ¿qué no sucederá si la vigilancia del tráfico pasa a manos privadas?

No entramos ya en falsos vigilantes de seguridad, también conocidos como gorilas de discoteca: el vigilante de seguridad es un profesional que ha pasado una formación específica y tiene un título para ejercer como tal. Y ojo, que en todos los gremios hay profesionales, pero también en todos los gremios hay manzanas podridas. El problema está en cómo se demostraría esa podredumbre cuando, por ejemplo, nos denunciara falsamente un vigilante privado para garantizarse el pan.

La cuestión está en si legalizar la transferencia de funciones que hasta ahora pertenecen a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es el mejor camino para garantizar una adecuada vigilancia... o si simplemente se trata de adelgazar la nómina del Estado a cualquier precio, pasando por alto los derechos de los demás; por ejemplo, el derecho a ser vigilados (y llegado el caso, denunciados) por alguien que no responda a intereses privados.

Vía | Menéame Enlace | Cuerpo Nacional de Policía En Motorpasión | Sentencia contra el carácter recaudador de la Guardia Civil de Tráfico (2012)

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